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Documento fue “rescatado” por el concejal Vicente Karelovic

Ordenanza del año 2009 dictó medidas de protección para la Plaza Muñoz Gamero

cronica
18/11/2015 a las 17:25
Pinguino Policial
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Pero los ciclistas y los “skaters”, entre otros, siguen haciendo de las suyas, alterando un bien nacional de uso público. El concejal Karelovic reiteró la necesidad de aplicar las normas establecidas en el Decreto 45 40, con fecha 28 de diciembre de 2009.

La ordenanza municipal aprobada a través de lo establecido en el decreto 45 40, fechado el 28 de diciembre de 2009, determinó una serie de medidas que buscan proteger la Plaza de Armas Benjamín Muñoz Gamero de Punta Arenas, el más importante bien de uso público de la capital magallánica.
El documento fue “rescatado” de los archivos municipales por el concejal Vicente Karelovic quien, en reiteradas oportunidades se ha declarado enemigo de permitir el uso de bicicletas, skaters, patines y kioskos de venta de artesanías y tejidos que no son, precisamente, de fabricación regional.
De acuerdo con los términos del documento, que lleva la firma del ex alcalde Vladimiro Mimica Cárcamo y del secretario municipal (s) Juan Cisternas Cisternas, establece que “la Plaza Gobernador Benjamín Muñoz Gamero es un bien nacional de uso público, por lo que su uso y disfrute pertenece a todos los habitantes de la comuna, teniendo como limitaciones las establecidas por la ley y la presente ordenanza municipal”.
Y en forma taxativa agrega que “Se requerirá autorización expresa de la Municipalidad de Punta Arenas, otorgada a través del Departamento de Rentas y Patentes para realizar cualquier actividad en la Plaza de Armas Benjamín Muñoz Gamero que no sean las tradicionales de esparcimiento, solaz o de simple tránsito”.
Esa misma autorización será imprescindible para “la colocación de cualquier elemento que no esté considerado en la ornamentación original de la plaza” y será el municipio el que determine las condiciones que deben cumplirse, todo de acuerdo con las disposiciones municipales vigentes.

Prohibiciones
La ordenanza municipal rescatada por el concejal Karelovic establece una serie de prohibiciones en el uso de la Plaza de Armas Benjamín Muñoz Gamero y se parte con la ocupación, movimiento o incorporarles elementos que dañen el uso de los asientos existentes en el espacio público.
También prohibió arrojar desperdicios o basura fuera de los receptáculos instalados; colocar materiales u objetos que pudieran dificultar la circulación de peatones o vehículos que supongan un peligro para su circulación.
La ordenanza, guardada por años en los archivos municipales, dijo Karelovic, incluso determina que se prohíbe cortar flores, plantas o arbustos ornamentales y destruir jardines o prados, subirse a los árboles y monumentos o caminar por áreas no establecidas, es decir, por los prados y jardines.

Árboles y letreros
Si llegaran a instalarse letreros no autorizados, el municipio debe retirarlos de inmediato y se prohíbe destruir, pintar, rayar o clavar objetos en los árboles, luminarias, monumentos o en cualquier mobiliario urbano instalado en la plaza.
También se prohibió efectuar desórdenes y/o actividades que alteren el orden público; el normal desplazamiento de las personas; conectarse al alumbrado público; realizar cualquier tipo de comercio ambulante o estacionado; realizar perifoneos o cualquier tipo de propaganda por altavoces y realizar o presentar eventos musicales, humorísticos, teatrales o cualquier tipo de manifestación artística sin la debida autorización municipal.
Y, en forma clara y precisa, se prohíbe en el decreto que fijó esta ordenanza municipal del año 2009, “Ingresar vehículos, transitar en bicicletas, patines o patinetas en los monumentos, bancas, piletas o cualquier mobiliario urbano existente en la plaza”.

Las multas
Los infractores de estas claras normas que buscan o buscaban, proteger todos los atributos de la Plaza Muñoz Gamero deberán responder ante los Juzgados de Policía Local y enfrentar multas que van, como mínimo, desde una UTM, y hasta 5 UTM, como máximo.
En esa oportunidad, el 28 de diciembre de 2009, se estableció que las actividades programadas y autorizadas por el municipio “sólo podrán ejercerse hasta el mes de abril del 2010”.
El concejal Vicente Karelovic reiteró la importancia de que se aplique lo dispuesto en esta ordenanza municipal ya que “se encuentra vigente porque no ha sido modificada”.

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