Presidente Piñera presentó nueva Ley de Derechos y Deberes de los Pacientes

General
08/05/2012 a las 18:45
Durante una visita al Hospital Luis Tisné, de Peñalolén, el Jefe de Estado destacó el “amplio acuerdo en el Congreso y en la comunidad de la salud en Chile” que generó la nueva normativa, resaltando que tan importante como “la infraestructura, la calidad del equipo médico, el equipamiento y la tecnología, es el cariño, la dignidad y el buen trato que reciban las chilenas y chilenos cuando tengan que enfrentar el rigor de una enfermedad”.
Añadió que “cualquier persona que sienta que esos derechos no están siendo respetados, tendrá una opción fácil y expedita para hacer valer esos derechos ante la Superintendencia de Salud”. El Presidente de la República, Sebastián Piñera, junto al ministro de Salud, Jaime Mañalich, dio a conocer hoy los principales aspectos de la nueva Ley de Derechos y Deberes de los Pacientes, que ya fue promulgada y entrará en vigencia octubre próximo.
La nueva normativa – que forma parte de la Reforma a la Salud y fue aprobada tras 11 años de tramitación en el Congreso- establece un marco de garantías y obligaciones de las personas al recibir servicios de salud, tanto en el sector público como privado.
Tras visitar la maternidad del Hospital Santiago Oriente Dr. Luis Tisné de Peñalolén, el Mandatario destacó que “esta ley logró un amplio acuerdo en el Congreso y en la comunidad de la salud en Chile, y por eso esperamos de ella un cambio muy significativo en la forma en que los chilenos aprecian, valoran y se sienten acogidos cuando tengan que enfrentar un problema de salud”.
Explicó que tan importante como “la infraestructura, la calidad del equipo médico, el equipamiento y la tecnología, es el cariño, la dignidad y el buen trato que reciban las chilenas y chilenos cuando tengan que enfrentar el rigor de una enfermedad”, subrayando que “tenemos que hacer que nuestros hospitales y consultorios, tanto públicos como privados, sean verdaderos centros de salud, lugares donde la gente encuentre respuestas eficaces, y un trato digno y cariñoso”.
Aseguró que “cualquier persona que sienta que esos derechos no están siendo respetados, tendrá una opción fácil y expedita para hacer valer esos derechos ante la Superintendencia de Salud”. Agregó que, en materia de deberes de los pacientes, la ley consagra “el tratar siempre, con el mismo respeto y dignidad con que quieren ser tratados, a los funcionarios, profesionales, médicos, técnicos y administrativos de la salud”.
En este marco, el Presidente Piñera adelantó que en las próximas semanas se promulgará la ley que sanciona el mal uso de las licencias médicas “que ha significado fraudes al fisco y a todos los chilenos por cifras superiores a los 250 millones de dólares”, precisó, añadiendo que “el ahorro que esta nueva ley va a significar, nos va a permitir construir un hospital nuevo cada año, 40 centros de salud familiar nuevos cada año, 200 centros de hemodiálisis o adquirir, por ejemplo, más de 240 escáner todos los años”.
Derechos y Deberes de los Pacientes
La nueva ley promueve una relación equilibrada entre médico y paciente, o entre seguro de salud y afiliado, tanto en el sistema público o privado, teniendo como base el empoderamiento de las personas. Por ejemplo, las madres podrán inscribir a sus hijos en el lugar de residencia y no donde está ubicado el centro asistencial.
En este contexto, cada centro asistencial del país, sea consultorio, hospital o clínica, deberá exhibir de manera clara y visible una “Carta de Derechos y Deberes de los Pacientes”, además de contar con un libro o instancia de reclamos. En caso de no considerar satisfactoria la respuesta cualquier paciente podrá recurrir a la Superintendencia de Salud.
Entre los principales derechos de los pacientes, la nueva ley consagra que toda persona tiene derecho, cualquiera que sea el prestador que ejecute las acciones de promoción, protección y recuperación de su salud y rehabilitación, a que ellas sean dadas oportunamente y sin discriminación arbitraria, junto con tener un trato digno, compañía y asistencia espiritual, además de información comprensible acerca del diagnóstico, tratamiento, medicamentos y reserva de la ficha clínica.
Además, se establece la obligación para los prestadores institucionales, públicos y privados de mantener una base de datos actualizada y otros registros de libre acceso, con información que contenga los precios de las prestaciones, insumos y medicamentos que cobren en la atención de personas.
Respecto a la interculturalidad, los centros de salud del país que presentan una alta concentración de población indígena deberán contar con facilitadores que hablen su lengua, además de la señalización en el idioma correspondiente y español.
Entre los principales deberes de los pacientes está la entrega de información veraz acerca de su identidad, dirección y enfermedad; tratar respetuosamente al personal de salud; cuidar las instalaciones y equipamiento del recinto de salud; respetar el reglamento interno del establecimiento, así como el resguardo de su información médica; informarse acerca de los horarios de funcionamiento, las modalidades de atención y formas de pago; e informarse acerca de los procedimientos de reclamos y consultas establecidas, entre otros.

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