Alivio Tributario 2026: SII activa plan de emergencia para afectados por incendios en Ñuble y Biobío

La magnitud de la tragedia en el centro-sur del país ha forzado una respuesta estatal rápida para evitar que la carga burocrática agrave la situación de los damnificados. El SII, mediante la Circular N°4 y diversas resoluciones de emergencia, estableció un “escudo tributario” destinado a dar liquidez y tranquilidad a las familias y empresas de las zonas de catástrofe.


1. Condonación Automática de Multas e Intereses

Esta medida busca beneficiar a quienes, por razones obvias, no han podido cumplir con sus obligaciones tributarias mensuales.

  • ¿Cómo opera? Se aplica de forma automática al momento de declarar y/o pagar en línea (Formularios 29 y 50) a través de sii.cl.

  • Plazo: El beneficio estará vigente para declaraciones realizadas hasta el 28 de febrero de 2026.

  • Comunas Beneficiadas (16):

    • Región de Ñuble: El Carmen, Quillón, Coelemu, San Ignacio, Pinto, San Fabián, Coihueco, San Nicolás y Ránquil.

    • Región del Biobío: Laja, Florida, Concepción, Penco, Tomé, Coronel y Santa Juana.


2. Gastos aceptados para enfrentar la catástrofe

Las empresas podrán deducir de su base imponible los desembolsos realizados para combatir la emergencia:

  • Montos destinados a evitar, contener o disminuir la propagación del fuego.

  • Gastos para paliar los efectos del desastre y resguardar la continuidad del negocio.


3. Facilidades para Donaciones y Ayuda Humanitaria

Para agilizar la llegada de suministros, se flexibilizaron las normas habituales:

  • Sin límites: No se aplica el tope de 250 UTM para donaciones en dinero o especies en zonas de emergencia.

  • Sin autorizaciones previas: No requieren aceptación previa del SII para ser ejecutadas.

  • Bienes Perecibles: Se otorgan facilidades especiales para la donación de alimentos o bienes sujetos a próximo deterioro.


4. Apoyo por Pérdida de Inventario y Libros

  • Existencias: Se otorga un plazo especial de hasta 6 meses para informar al SII sobre la pérdida de inventario o mercaderías destruidas por el fuego.

  • Documentación Contable: Se condonan las multas por la pérdida de libros de contabilidad o documentos tributarios extraviados durante la catástrofe en las zonas afectadas.


Resumen de Medidas Clave

Medida                                                      Beneficiario                                                Vigencia / Plazo
Condonación 100% multas/intereses Contribuyentes 16 comunas (F29 y F50) Hasta 28 de febrero 2026.
Aviso pérdida de inventario Empresas con daño en stock Hasta 6 meses de plazo.
Condonación por pérdida de libros Contribuyentes zona catástrofe Permanente por la emergencia.
Deducción de gastos emergencia Empresas que invirtieron en combate Operación Renta 2026.

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