¡Asesina! fueron los gritos de los familiares del ciudadano colombiano que falleció en un accidente de tránsito el año pasado y que protagonizó una conductora argentina que en estado de ebriedad lo impactó provocándole la muerte. Ayer fue condenada a una pena en libertad.
Según el fallo de los jueces Jovita Soto Maldonado, Guillermo Cádiz Vatcky y Julio Álvarez Toro, se condenó a Mariela Edith de los Milagros Mañé, como autora del delito de manejo de vehículo motorizado en estado de ebriedad, sin haber obtenido licencia de conducir, causando la muerte de Mario Jhon Carabali Valencia, lesiones graves a Josué Valencia Peña, lesiones leves a Alejandra Torres Coli y a María Paz Rivas Coli y daños a la propiedad de Mario Jhon Carabali Valencia, a la pena de cinco años de presidio.
Sin embargo al reunir los requisitos, la transandina podrá
cumplir la pena impuesta bajo la modalidad de libertad vigilada
intensiva, así lo argumentó su abogado defensor, Guillermo Ibacache: “La
libertad de mi representada es porque los jueces consideraron que la
normativa vigente permite cumplir una condena en libertad vigilada
intensiva.
El mensaje con la modificación de esta ley, es clara para todo ciudadano, ya sea chileno o extranjero, como es el caso de mi representada, sentencia que está ajustada a la ley. Lo digo directamente, la familia de la persona fallecida obviamente está buscando venganza, que esta ciudadana argentina cumpla con cárcel, ésa es la opción de ellos creyendo que de esa forma se repare el mal que causó con su conducta imprudente”.
Familia de fallecido
María Cristina Carabalí, hermana del hombre fallecido, mostró su descontento a la salida de la audiencia de la lectura de sentencia realizada ayer al mediodía en el Tribunal Oral en lo Penal de Punta Arenas. “Estamos disconformes, nos parece injusto que la muerte de mi hermano haya quedado prácticamente impune. Nos parece injusto”.
Natacha
Oyarzún, la abogada querellante y representante del Centro de Apoyo a
Víctimas del Ministerio del Interior, señaló que estudiarán el fallo para
presentar algún recurso de nulidad. “Lo que nos queda es leer la
sentencia para estudiar la interposición de un recurso.
No estamos conformes con esta pena, entendemos que los magistrados actúan dentro de los márgenes que la ley establece, pero nuestra solicitud era mayor y desde nuestra perspectiva la muerte de una persona y lesiones graves de otra, la naturaleza del delito como querellante pensamos que corresponde una pena mayor”.
La transandina condenada, ayer recuperó su libertad, luego que se alzara la medida de arresto domiciliario total, quedando con arraigo regional y arresto nocturno domiciliario.
Hechos
El día 24 de noviembre de 2017 en horas de la tarde, en circunstancias que la víctima Mario Jhon Carabali Valencia de 47
años de edad, conducía el vehículo Daewoo Lanos por Avenida Pedro
Aguirre Cerda en dirección poniente, al llegar a la intersección con
calle Manuel Rodríguez, su vehículo fue violentamente colisionado en el
sector medio costado izquierdo por el vehículo Audi conducido en estado
de ebriedad por la imputada Mariela Edith Mañe, quien producto de la
ingesta alcohólica ingresó al cruce proveniente de calle Manuel
Rodríguez de sur a norte, sin ceder el derecho preferente de paso al
vehículo de la víctima.
Luego y a consecuencia del impacto, el vehículo de la víctima chocó por proyección al vehículo Ford Fiesta conducido por Alejandra Torres Coli, quien circulaba por calle Manuel Rodríguez en dirección sur. A consecuencia de la colisión el conductor víctima Mario Jhon Carabali Valencia sufrió shock hipovolémico, ruptura ventrículo derecho, estallido hepático, estallido esplénico, estallido renal izquierdo y traumatismo encéfalo craneano grave que le causaron inmediatamente la muerte.
Asimismo,
el acompañante de Mario Carabali, Josué Valencia Peña, sufrió
traumatismo encéfalo craneano complicado, hemorragia frontal,
traumatismo torácico cerrado, fracturas costales, neumotorax secundario,
traumatismo abdominal cerrado, trauma renal, con un tiempo de
incapacidad laboral y estimado en sanar superior a sesenta días de
carácter grave.
En tanto la conductora Alejandra Torres Coli sufrió
contractura muscular dorsal y esguince cervical y su acompañante María
Paz Rivas Coli sufrió contusión antebrazo derecho e izquierdo, ambas de
carácter leve. Por otra parte, los vehículos involucrados resultaron
todos con daños de consideración en su estructura. Se hace presente que
al constituirse Carabineros en el lugar, se percataron que la imputada
conducía en estado de ebriedad, atendido su hálito alcohólico, la
presencia de bebidas alcohólicas en el asiento de su vehículo,
ratificado por el resultado del examen de alcoholemia que se le practicó
y que arrojó una dosificación de alcohol en su sangre de 2,24 gramos
por mil.
Además se determinó en esa ocasión que la mujer no se encontraba habilitada para la conducción de vehículos motorizados, al no haber obtenido licencia de conducir.