Ayer, el Tribunal Oral en lo Penal de Punta Arenas entregó la sentencia en contra de un padre que violó a su hija, dejándola embarazada.
Fue
así que los jueces, Guillermo Cádiz Vatcky, Jaime Álvarez Astete y José
Octavio Flores Vásquez, entregaron una sentencia de ocho años de cárcel
para Mauricio Hernán Cárdenas Parada, como autor del delito de
violación en la persona de su hija, cometido en grado de consumado, los
últimos días de mayo del 2010, en Puerto Natales.
Asimismo, se le condena a la pena de interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que le ley designe, a la sujeción a la vigilancia de la autoridad por el término de diez años siguientes al cumplimiento de la pena corporal.
El
fiscal jefe de Punta Arenas, se mostró conforme con la sentencia, ya
que el tribunal en un momento llamó a recalificar el delito de
violación, por el de incesto o estupro, sin embargo se logró una condena
solicitaba por la Fiscalía.
“Esta sentencia de ocho años de cárcel, es de cumplimiento efectivo, sanción que nos deja conformes, ya que habían ciertas circunstancias que implicaban ciertas rebajas, como la que operaba la media prescripción en favor del imputado.
Los principales elementos probatorios dicen relación con que se pudo acreditar la paternidad de la hija que tuvo la víctima del imputado, Entre las dificultades dentro del juicio, estuvo que no pudimos obtener mayor relato, esto dado por la afectación de la víctima a la vivencia de transgresión sexual en su contra. Sin embargo, se logró obtener testimonios del equipo médico que la trató, parientes y compañeras de curso”.
El representante del Ministerio Publico agregó que “estamos conformes también, ya que se consideró por el tribunal la circunstancia que el imputado por resolución judicial tenía el cuidado de la víctima, que le permitió prevalerse a tener acceso a cometer estos delitos, aislándola de cualquier asistencia, llegando a una situación de parto del embarazo que fue encubierto por el padre”.
Hechos
Según la acusación que el Ministerio Público probó en juicio, señala que en día no precisado dentro del mes de mayo del año 2010, en circunstancias que el imputado Mauricio Hernán Cárdenas Parada, se encontraba al interior de su domicilio de Puerto Natales, aprovechándose que su hija, la víctima, quien a dicha fecha tenía 17 años de edad, sufría de una esquizofrenia con cuadro sicótico que no le permitía tener noción de la realidad, la violó, a consecuencia de lo cual la menor resultó embarazada, dando a luz a una hija el año 2011.
A la fecha de ocurrencia
de los hechos el imputado Mauricio Cárdenas además abusaba de la
relación de dependencia generada para con la menor, fundada en el
cuidado personal que le fue confiado y otorgado por el Juzgado de Letras
de Puerto Natales, en virtud de resolución de fecha 31 de mayo de 2007 y
que el imputado a la fecha ejercía, sin perjuicio de la dependencia
afectiva y económica generada a través de su rol de padre.
Hechos de similar naturaleza, de significación sexual que se verificaron dentro de todo período año 2010 a año 2011, época luego en que la menor dio a luz, señalan los hechos de la investigación.
El persecutor estimó que los hechos antes descritos constituyen el delito de violación, cometido en perjuicio de una persona mayor de 14 años de edad, en carácter de reiterados. Asimismo, considera que el delito se encuentra en grado de consumado. En esta acusación se atribuye al acusado participación en calidad de autor y concurre la circunstancia agravante constituida por el parentesco.