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La imputada arriesga una pena menor a la que solicitaba la Fiscalía y querellantes

Jueces desestimaron ataque homofóbico a animador y condenan solo por lesiones a agresora

policial
10/01/2019 a las 15:30
preprensa Diseno
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Luego de los tres días de juicio oral realizado en Puerto Natales, la defensora María Fernanda Benavides logró acreditar que la agresión de su representada no tenía relación con la orientación sexual de la víctima.

Luego de tres días de juicio oral, los jueces del Tribunal Oral, entregaron un veredicto condenatorio en contra de una mujer por desfigurar el rostro de un animador natalino, sin embargo los magistrados desestimaron la Ley Zamudio invocada por la Fiscalía y querellante ante un eventual ataque homofóbico por parte de la acusada.

Tras las pruebas rendidas por la Fiscalía, defensa y querellantes, los jueces Jaime Álvarez Astete, Guillermo Cádiz Vatcky, y don José Octavio Flores Vásquez, por unanimidad decidieron condenar a Yerka Nathalie Torres Ojeda, como autora del delito de lesiones graves, recalificando así el delito de lesiones graves gravísimas a que se aludía, tanto por la Fiscalía y por los querellantes, “hipótesis esta última que se descarta por no concurrir las exigencias de rigor, teniendo presente, en especial, que la prueba de cargo -testimonial, pericial, documental y otros medios- no permite concluir algo diferente. En relación a la eventual concurrencia de la agravante del artículo 12 N°21 del Código Penal, se la rechaza, porque por no concurren las exigencias de rigor”. Señala el fallo.

La sentencia se dictará el próximo lunes 14 de enero a las 13 horas, audiencia donde se dará a conocer además si se acoge la demanda interpuesta por la víctima de 50 millones de pesos por los daños y perjuicios ocasionados en la agresión.

De acuerdo a la acusación de la Fiscalía, el día 3 de septiembre del año 2017, alrededor de las 6 horas de la madrugada, en circunstancias que la víctima Patricio Díaz Bravo, se encontraba en el local denominado “La Tribu”, ubicado en calle Manuel Bulnes N°180, de la ciudad de Puerto Natales, la imputada Yerka Torres Ojeda, sin causa ni motivo justificado, aludiendo a su orientación sexual, procedió a agredir a la víctima, reventándole un vaso en su rostro. A raíz de lo anterior, la víctima resultó con herida cortante facial izquierda en colgajo de diez centímetros aproximadamente, herida cortante en región inferior del labio inferior izquierdo de boca y dos heridas cortantes supraciliares izquierdas, las que le produjeron cicatrices permanentes en su rostro, perdida de sensibilidad y movilidad, además de lesiones de carácter graves gravísimas, pues lo dejaron con el rostro desfigurado.

En este sentido, la defensora María Fernanda Benavides logró acreditar en juicio su tesis que su representada no actuó por la condición sexual de la víctima, y que la agresión ocurrió por problemas anteriores entre los involucrados.

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