La seremi de Hacienda, Lil Garcés, anunció ayer la postergación del pago del IVA hasta el 31 de enero 2020, dirigida a micro, pequeñas y medianas empresas que puedan postergar las declaraciones de IVA correspondientes a los meses de octubre, noviembre y diciembre, sin ningún tipo de multas o recargos. Lo anterior, luego que ayer fuera publicada en el Diario Oficial, la ley de apoyo al sector.
Postergación
Garcés explicó que la postergación del IVA de octubre, noviembre y diciembre de 2019, operará bajo dos modalidades:
La primera favorece a las mipymes que realicen únicamente operaciones que deban emitir boletas conforme al artículo 53 de la Ley de Impuesto a las Ventas y Servicios, y que podrán postergar el pago de IVA en un 50%.
La segunda, dirigida a las demás mipymes que en octubre o noviembre de 2019 hayan experimentado una disminución de la facturación que supere el 10% respecto del promedio de los 12 meses anteriores a esa fecha, y que podrán postergar el pago en base a diferentes tramos, indicó.
Si la caída de la facturación excede el 10% y no supera el 30%, el contribuyente podrá postergar el pago de hasta el 20% del IVA. En el siguiente tramo, quienes hayan sufrido una caída superior al 30% y no mayor al 50%, podrán postergar el pago del 40% del IVA. Luego, quienes tengan una caída superior al 50% de su facturación y no superior al 70%, podrán postergar el pago del 60% del IVA. Finalmente, quienes registren una caída superior al 70%, podrán postergar hasta el 75% del IVA.
Las personas podrán pagar a partir de febrero de 2020. La suma total se cancelará en 12 cuotas iguales y sucesivas y no se aplicará ninguna multa o interés de por medio, concluyó.