La oficina regional de la Contraloría General de la República, emitió en mayo, informe que detallaba los resultados de una investigación que se hizo en la Secretaría Regional Ministerial de Educación de Magallanes.
El ente contralor procedió a verificar posibles irregularidades denunciadas por la Asociación Nacional de Funcionarios del Ministerio de Educación (Andime) quienes señalan que la exjefa de gabinete, Isabel Carolina Caselli Benavente, habría incurrido en diversas situaciones anómalas en materias de personal, uso indebido de inmueble y posible acoso laboral en la Secretaría Regional Ministerial de Educación de Magallanes y de la Antártica Chilena.
La materia en donde se logró una conclusión más acabada, fue en los pagos de horas extraordinarias.
El documento precisa lo siguiente: “Se verificó que las resoluciones exentas que autorizaban la realización de horas extraordinarias impartidas durante los meses de julio a septiembre del año 2018, carecían de especificación de la cantidad de horas autorizadas para cada modalidad (diurnas o nocturnas) y de las labores a desempeñar que las fundamentan, infringiendo lo previsto, en los dictámenes Nos 72.596, de 2009 y 26.451, de 2010, por lo cual la entidad fiscalizada deberá justificar y documentar en el Sistema de Seguimiento y Apoyo al Cumplimiento de este Organismo de Control, los antecedentes que acrediten la instrucción interna, que establezca un procedimiento de control ante la falta de especificación en la autorización de horas extraordinarias, y el respectivo acto administrativo que la sancione, en un plazo de 60 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe”.
En concreto, el ente contralor indica que no se especificaron las cantidades de horas extras autorizadas y labores desempeñadas, ocasionando montos de salarios entregados sin justificar en su totalidad.
El informe también detalla que detectaron deficiencias en el control de labores distintas a las convenidas inicialmente con algunos trabajadores, siendo lo anterior además una vulneración del artículo 11 de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, que indica que las personas contratadas a honorarios se regirán por las reglas que establezca el respectivo contrato. Debido a esto, mandató a la Seremi de Educación, velar por el cabal cumplimiento a la normativa vigente y a las instrucciones impartidas.