Una
grave denuncia se realizó durante la jornada de ayer por medio de la
edición matinal de Noticias en Pingüino Radio (de 7.00 a 9.00 horas),
donde una auditora dio a conocer una situación discriminatoria por parte
del Centro Médico Redsalud, ubicado en calle Pedro Montt, en pleno
centro de Punta Arenas.
La
auditora, identificada como Angela, explicó su situación: “Hace un par
de semanas sufrí un accidente, el cual durante un tiempo me ha dejado en
silla de ruedas para poder movilizarme. Ayer
(miércoles 9 de junio) tenía una hora con el dentista en la clínica
Redsalud ubicada en calle Pedro Montt 890, esquina Lautaro Navarro, y al
momento de bajarme del taxi me percato que la clínica no tiene rampa
para personas que estén en silla de ruedas. No tenía cómo entrar al
recinto, ya que solo hay escaleras para ingresar”.
Continuó
su relato: “Si no fuera por un caballero que iba saliendo del recinto y
el chofer del taxi no hubiera podido entrar”, dijo Angela, quien además
añadió que al interior del recinto nadie pudo explicar el motivo por el
cual no se contaba con acceso diferenciado para personas con movilidad
reducida. “Al ingresar le consulté a la persona que estaba en el mesón
si el recinto contaba con algún tipo de rampa, a lo cual me responden
que no, sin dar una solución a mi problema, lo que se repitió al momento
de salir de la clínica”, señaló molesta.
Normativa vigente
El
12 de abril de 1995 se dictó el Decreto 40 que modificó el Decreto 47
de 1992 respecto de la ordenanza general de urbanismo y construcciones,
que en su capítulo IV reemplaza el Artículo 4.1.7 y que indica que “con
el objeto de facilitar la accesibilidad y desplazamiento de personas con
discapacidad, todo edificio acogido a la Ley de Propiedad Horizontal o
que consulte atención de público deberá cumplir con los siguientes
requisitos mínimos:
1.- Cuando
el área de ingreso se encuentre a desnivel con la vereda se deberá
consultar una rampa antideslizante o un elemento mecánico.
2.- Los
desniveles que se produzcan entre los recintos de uso público se
salvarán mediante rampas antideslizantes o elementos mecánicos, los que
serán opcionales solo cuando existan ascensores o montacargas que
cumplan la misma función”.
Senadis
Realizadas
las consultas al Servicio Nacional de Discapacidad (Senadis) en Punta
Arenas, su director, Iván González, explicó que según la norma vigente,
ellos como servicio no tienen la facultad de fiscalizar el cumplimiento
de la norma.
“En
ese sentido, si las edificaciones u obras señaladas no dan
cumplimiento, su fiscalización será de responsabilidad de las direcciones
de obras municipales, las que deberán denunciar su incumplimiento ante
el Juzgado de Policía Local. En consecuencia, Senadis no cuenta con
atribuciones para fiscalizar la accesibilidad de los inmuebles, sin
perjuicio de la asesoría técnica y la promoción que se realiza en
materia de accesibilidad universal”, explicó González, quien añadió que
“las personas que vean vulnerados sus derechos de acceso pueden ser
orientadas por el abogado con que contamos en convenio con la
Corporación de Asistencia Judicial para recibir asesoría jurídica
gratuita y revisar el caso”.