“Soy una persona de 82 años, las razones por las cuales requiero viajar al extranjero no son antojadizas, sino por temas médicos o de salud”. Con esas palabras, un adulto mayor fundamenta su recurso de amparo en contra del Registro Civil e Identificación, pues se negarían a entregarle su pasaporte.
El hombre organizó un viaje a México para una operación de prótesis en las rodillas. En marzo concurrió junto a su hijo a las oficinas del servicio para emitir su pasaporte. Sin embargo, se negaron a entregarle el documento: tenía una condena en su contra por apropiación indebida que data de 1960.
La noticia lo tomó por sorpresa. La pena consistió en una multa que ya había sido pagada, por lo que fue a la PDI.
“Al visualizar que se me estaba impidiendo ejercer mi libertad personal por una condena establecida hace 60 años, concurro a la PDI con mi hijo, señalándome que no existiría ninguna restricción para que pueda salir del país”, dice el afectado en el recurso.
Con esa información, el recurrente hizo trámites para obtener la declaración de la prescripción de la pena –“aun cuando ya se había pagado la multa”, asegura–. Para ello requería de la causa. Aunque fue condenado por los viejos tribunales del crimen, descubrió que la condena estaría radicada en el Primer Juzgado Civil de Punta Arenas.
El problema, según el recurso, es que los archiveros judiciales del juzgado no encuentran la causa. Se comunicaron con el Conservador de Bienes Raíces de Punta Arenas e incluso el Archivo Nacional en Santiago, pero no se sabe dónde está aquella condena de apropiación indebida de 1960.
Para acelerar los trámites y viajar a México el sujeto decidió interponer un recurso de amparo ante la Corte de Apelaciones de Punta Arenas.
“Todo trámite que se solicite a nivel nacional puede tardar muchos meses más, cuestión que me afecta sobremanera, vulnerando de esa forma mi libertad personal y mi derecho a salud, por una condena que tiene más de 60 años”, dice el adulto mayor.