Una salmonera presentó acciones legales en contra de quienes resulten responsables del hurto de casi 230 kilos de pescado en una de sus plantas.
La sustracción ocurrió en una planta de Chile Seafoods que se ubica en Barranco Amarillo, en el norte de Punta Arenas. El 30 y 31 de diciembre del 2021 se hizo un inventario del recurso y se concluyó que faltaban 15 cajas con filete de salmón.
Se hizo una revisión de las cámaras de seguridad y descubrieron un movimiento anómalo registrado el 29 de diciembre. En horas de la madrugada, un hombre con capucha negra se dirigió a las cámaras de almacenamiento y movió una cámara con la ayuda de un mango. Después cargó las cajas hacia la zona del pediluvio en reiteradas ocasiones.
Los equipos de seguridad también captaron al guardia de turno. Él también se dirigió a la zona de almacenamiento en el mismo horario que el encapuchado, pero ingresó desde una dirección distinta.
El movimiento de ambos se perdió entre el sector de baños y casinos, que están cerca del sitio de la sustracción y no cuentan con cámaras.
La salmonera se reunió con la empresa subcontratada de seguridad para abordar la situación. Según la querella, el guardia de turno desconoció su participación en el hurto, “argumentando que no vio ni escuchó nada”.
Cada caja sustraída contenía casi 15 kilos de filete de salmón. Los 1.000 gramos de producto se venden a 13 dólares en el mercado. Es decir, el valor del botín hurtado se acerca a los 2,4 millones de pesos.
Esta no sería la primera vez que la planta en Barranco Amarillo de Chile Seafoods sufre el hurto de salmón. De acuerdo a la querella, el inventario del período septiembre-octubre registró una pérdida de stock de 450 kilos de filete. Sin embargo, en ese período no contaban con cámaras de vigilancia.
Con el registro en mano, la empresa presentó la querella ante el Juzgado de Garantía de Punta Arenas para que se indague a los responsables de un eventual delito de hurto agravado. Solicitan que el Ministerio Público despache una orden de investigar a la PDI y que se cite a declarar al guardia de seguridad para “aportar antecedentes relativos al establecimiento del hecho punible”.