Aliro Quezada es un conocido profesor magallánico de larga data. Ha tenido varias generaciones de alumnos.
Su carrera docente la ha realizado en diversos colegios como profesor de música, inspector y en altos cargos directivos. En los últimos años se desempeñó como jefe del Departamento de Educación de la Secreduc Magallanes y durante el gobierno anterior con la llegada de Rodrigo Sepúlveda a la Seremi de Educación, Quezada fue nombrado jefe de gabinete. Luego asumió como supervisor de la Dirección Provincial de Educación, cargo que debería cumplir hasta diciembre del año en curso.
Pero por medio de carta de fecha 10 de marzo de 2022 -ingresada por Oficina de Partes con fecha 17 de marzo- manifestó su intención de renunciar al cargo, una vez que hubiera hecho uso del feriado legal que se encontraba gozando. Este documento fue complementado por medio de una misiva, recibida por ese servicio el 13 de mayo de 2022, a través de la cual precisaba que la data en que se haría efectiva su dimisión sería el 7 de julio.
Posteriormente, mediante resolución exenta N° 472, de 31 de mayo 2022, la Secretaría Regional Ministerial de Educación aceptó la renuncia desde la fecha indicada en su presentación, documento que fue registrado el Sistema de Información y Control de la Administración del Estado -SIAPER- en esa misma fecha.
Este acto administrativo fue puesto en la oficina de Correos de Chile con fecha 7 de junio para que sea entregado en el domicilio del interesado. No obstante, a través de una comunicación de fecha 6 de junio e ingresada a la Oficina de Partes con la misma data, Quezada hizo presente a la autoridad su intención de desistirse de la renuncia presentada.
Según el actual dictamen de Contraloría, “adicionalmente, es pertinente anotar que mediante la resolución exenta N°40, de 2022, de esa Seremi, se concedió feriado legal al señor Quezada entre el 2 de mayo y el 6 de julio pasado. De la información consignada es posible apreciar que, efectivamente la renuncia que se analiza tenía una fecha cierta en que se produciría y que, además, la comunicación de la retractación de la renuncia se produjo en un momento previo a esa data”.
Contraloría asegura que “resulta pertinente señalar que “a la fecha en que se efectuó la retractación de la renuncia, Quezada seguía desempeñándose en el servicio y solo se encontraba haciendo uso de su feriado legal. Como se desprende de lo anterior, en este caso no se cumplen las condiciones excepcionales que la jurisprudencia de esta Entidad Fiscalizadora ha previsto para que el desistimiento de la renuncia no sea eficaz, a pesar de que se haga antes de la total tramitación del respectivo acto administrativo que la haya aceptado”.
El dictamen de Contraloría concluye que “atendido a que no se advierten nuevos antecedentes que permitan alterar lo resuelto en el oficio cuya reconsideración se solicita, se debe desestimar la solicitud de reconsideración de la especie. Consecuentemente, corresponde que esa SEREMI cumpla la instrucción contenida en el oficio N° E252201, de 2022, en orden a dar curso a la solicitud del señor Quezada Vivar, regularizando su situación funcionaria. De lo anterior, deberá dar cuenta a esa Sede Regional en el plazo de 10 días contados desde la recepción del presente oficio”.