En la Región de Magallanes, el prestador de la Ley 20.850 (Ley Ricarte Soto) es el Hospital Clínico Magallanes, recinto que cumple con los requisitos técnicos y estructurales exigidos por el Ministerio de Salud.
De este modo, a la fecha los pacientes magallánicos en tratamiento por problemas de salud que contempla la Ley 20.850 alcanzan los 845.
Dicho sistema de protección financiera para diagnósticos y tratamientos de alto costo, de carácter universal es asegurado por Fonasa, y es conocida popularmente como la Ley Ricarte Soto (LRS). El nombre rinde homenaje póstumo al periodista chileno de radio y televisión, quien tras ser diagnosticado con cáncer logró, junto a miles de otros pacientes, una mayor conciencia social frente a enfermedades cuyos tratamientos son de alto costo.
La ley otorga cobertura universal y protección financiera sin copago a todos los usuarios de los sistemas previsionales de salud: Fonasa, Capredena, Dipreca e Isapres, sin importar su situación socioeconómica, para tratamientos de enfermedades oncológicas, inmunológicas y raras o poco frecuentes, que hayan sido determinadas a través de un decreto supremo del Ministerio de Salud.
¿Cómo se financia?
El presupuesto lo define la Dirección de Presupuestos (Dipres) y después es aprobado por el Congreso.
Cubre el 100% del valor de los medicamentos, dispositivos médicos o alimentos de alto costo que se encuentran expresamente garantizados para cada problema de salud definido, según el decreto que los determina.
De acuerdo a lo que establece el Ministerio de Salud y Hacienda por decreto supremo, se define que un diagnóstico o tratamiento es de “alto costo” cuando es igual o superior a $3.011.381, monto que es conocido como el “umbral nacional”, y que se actualiza cada 3 años.
Es decir, todo diagnóstico o tratamiento que implique un costo mayor al 40% de los ingresos familiares anuales promedio, una vez cubiertos los gastos básicos de subsistencia (umbral), es considerado de alto costo.