Justicia anuló fallo que acreditó maltratos de profesora a alumnos

General
29/01/2011 a las 09:00
Un vuelco judicial logró en la Corte de Apelaciones de Punta Arenas la profesora Gloria Soto Mayorga, al conseguir que los ministros anularan la sentencia de la jueza del Trabajo Cecilia Agüero, quien en el juicio dio por acreditado el maltrato infantil que le costó la salida de la escuela Bernardo O’Higgins. Ahora se tiene que hacer un nuevo juicio. La mujer interpuso una demanda en contra de la Corporación Municipal de Punta Arenas, porque buscaba declarar injustificada la causal que puso término a su contrato de trabajo, y quería que le pagaran las indemnizaciones respectivas y pago del feriado legal del año 2009.
El 23 de abril de 2009 se ordenó la instrucción de un sumario administrativo en su contra, a raíz de una carta denuncia emanada de un grupo de apoderados que la denunciaron porque, según ellos, la profesora prohibía que los niños fueran al baño y terminaban orinándose en la sala.
Fallo
Con los antecedentes expuestos en el juicio, la jueza Cecilia Agüero concluyó que la profesora “estableció como política de formación no otorgar autorización para ir al baño a los alumnos y, como consecuencia, varios niños no lograron controlar esfínter orinando sus ropas”. Añade que tal situación, a la luz de las normas sociales, “implicó un sentimiento de humillación, desamparo y falta de cuidado, lo que a todas luces, repetido en el tiempo, constituyó maltrato y con ello, vulneración de la garantía de trato digno que toda persona merece, situación que la actora (Gloria Soto) en su calidad de profesional de la educación debió haber previsto y evaluado, o al menos una vez ejecutada su arcaica política de “formación de hábito”, atendidos los resultados visibles, debió modificar, acorde con la exigencia de trato digno que impera o al menos debe imperar en toda sociedad respetuosa de garantías fundamentales”.
La jueza acogió la demanda interpuesta por Gloria Soto, pero solamente en la parte que ordena a la Corporación Municipal de Punta Arenas “a pagar el feriado proporcional correspondiente al período 1 de enero al 17 de noviembre de 2009, a razón de una remuneración de $ 925.078”, consta en el fallo.
Anulan todo
Pero obviamente que Gloria Soto Mayorga no se quedó ahí y buscó un abogado (Javier Lagos Troncoso), quien presentó un recurso de nulidad y lo ganó, fundado en que la jueza incurrió en el juicio en una “infracción de garantía constitucional”.
Los ministros de la Corte de Apelaciones le encuentran razón a la profesora, al indicar que “revisada la sentencia se puede comprobar la efectividad de lo sostenido por el recurrente, ya que en el considerando octavo la juez de la causa, sólo se limitó a enunciar la prueba incorporada por la demandante sin hacer un análisis o ponderación de la misma”, y tampoco abordó la inspección ocular practicada por el tribunal, ni tomó la declaración del instructor del sumario administrativo.
“Teniendo presente los principios que inspiran el procedimiento laboral, particularmente el de inmediación y el de oralidad, como asimismo el de la bilateralidad de la audiencia, estos sentenciadores accederán a lo solicitado por el recurrente en orden a anular la sentencia recurrida al igual que el juicio en la que ella recayó”, indica el fallo redactado por la ministra María Isabel San Martín.
Los magistrados concluyen que la causal de nulidad invocada influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo, “toda vez que la demandante no tuvo oportunidad de conocer las razones jurídicas, simplemente lógicas, científicas, técnicas o de experiencia, por las cuales la juez no valoró, ni se pronunció sobre su prueba aportada al juicio, y que también se le vedó con ello el derecho de reclamar respecto de la valoración de la misma, conforme a las reglas de la sana crítica, interponiendo el recurso respectivo”.
En el fallo, la jueza del Trabajo consignó que la profesora despedida por la Corporación Municipal “al negar trato digno a los niños bajo su cargo, protección y responsabilidad profesional, incurrió en una situación de incumplimiento grave de la función docente”.

PUBLICIDAD

Pingüino Multimedia entrega este espacio a su público para la expresión personal de opiniones y comentarios apelando al respeto entre unos y otros desligandose por completo por el contenido de cualquier comentario emitido.

Comentarios


comments powered by Disqus
Más noticias
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD