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Suprema confirmó fallo "inédito" que ordena al municipio y Salud el retiro de perros de las calles

policial
16/04/2015 a las 12:25
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Los ministros de la Tercera Sala de la Corte Suprema confirmaron el fallo de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas que obligó a la autoridad de Salud y municipalidad a planificar acciones tendientes a retirar los perros vagos que circulan por la comuna.

Lo anterior nace a partir de un recurso de protección que presentó el padre de un niño de siete años que fue atacado por un perro callejero, Kevin Vera Serón, de siete años, entonces alumno de primero básico de la Escuela Arturo Prat.

El menor tuvo que ser intervenido quirúrgicamente luego que un perro lo atacara brutalmente en su rostro y cabeza.
El padre, Juan Vera, dijo que su hijo estaba jugando y gracias a un vecino que escuchó los gritos de auxilio, lograron evitar una tragedia mayor.

El recurso de protección lo patrocinó el abogado Robinson Quelín, quien dijo estar muy satisfecho con la Corte Suprema, porque rechazó la apelación de la Municipalidad de Punta Arenas y la Secretaría Ministerial de Salud.

Es más, la máxima instancia de justicia del país les obliga y exige a ambos organismos a adoptar medidas, respecto de los perros que circulan por las calles: “Resulta necesario que las autoridades recurridas, a fin de dar estricto cumplimiento a la normativa que regula la materia y, consecuencialmente, para evitar la ocurrencia de hechos de la misma naturaleza en el futuro, planifiquen de manera conjunta las acciones que llevarán a cabo para retirar los perros vagos que circulan por la comuna, así como también aquellas que permitirán seguir el procedimiento adecuado en caso de que una persona sea mordida por uno de dichos animales, debiendo incorporar dicha planificación en sus respectivos portales virtuales para los efectos de dar publicidad a tal información”.

En su escrito, los ministros de la Corte Suprema señalan compartir los argumentos del fallo que fue apelado, en orden a que la normativa que regula el tratamiento de los perros vagos que circulan por las vías públicas obliga a Salud y Municipalidad a adoptar todas las medidas tendientes a proceder al retiro de dichos perros –en el caso de los Municipios- y  por otra parte, una vez atacado un ser humano, a detectar al animal agresor y seguir los procedimientos correspondientes, en el caso de la Seremi de Salud.

Para el abogado Robinson Quelín los alcances de esta resolución son trascendentales. Ya en diciembre, cuando se conoció el fallo de la Corte de Apelaciones, el jurista lo calificó de inédito y anticipó que esto podría establecer jurisprudencia.

De acuerdo al fallo de la Corte Suprema los organismos recurridos, municipio y Salud, no dieron cumplimiento a las obligaciones que les compete.

Por ende se les exige dar estricto cumplimiento a la normativa que regula este tipo de materias y así evitar la ocurrencia de hechos de la misma naturaleza en el futuro.

En este sentido, la orientación judicial de la Suprema es que deben planificar de manera conjunta las acciones que lleven a cabo para retirar los perros vagos que circulan por la comuna, así como también aquellas que permitan seguir el procedimiento adecuado en caso de que una persona sea mordida por uno de dichos animales, debiendo incorporar dicha planificación en sus respectivos portales virtuales para los efectos de dar publicidad a tal información”.

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