Cabe recordar que la acción legal fue presentada por injurias graves por parte la organización pro diversidad sexual.
La determinación fue tomada por la undécima sala del tribunal de alzada, de tal forma que dejó sin efecto la resolución del juez Ponciano Sallés, del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, que había aplicado el sobreseimiento definitivo de la causa el pasado 29 de septiembre.
El magistrado había acogido las disculpas del pastor respecto a que él nunca atacó a la persona de Rolando Jiménez, sino que a las iniciativas legales que impulsaban, como el matrimonio igualitario y la adopción de niños por parejas homosexuales.
En la querella Jiménez denuncia que hay evidencias grabadas donde Soto lo agrede, lo insulta y lo trata de “pedófilo”.
El fallo unánime de la undécima sala señala que “es al ofendido a quien corresponde calificar como satisfactorias las excusas dadas por el querellado en la audiencia respectiva, lo que no ocurrió en la especie”.