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Dos atenuantes le bajaron la pena

Con 3 años de cárcel pagará sujeto condenado por violar a joven en situación de discapacidad

tribunales
03/12/2020 a las 10:02
Pinguino Web 1
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Pese a que el Ministerio Público y la abogada querellante, Martina Pradenas, solicitaban diez años de prisión, ésta última aseguró que la familia de la víctima está conforme con la pena impuesta.

A las 13,30 horas de este miércoles, los jueces del Tribunal Oral en lo Penal de Punta Arenas dieron a conocer la sentencia en contra de un sujeto de 37 años, quien durante la semana pasada fue llevado a juicio y declarado culpable por agredir sexualmente a una mujer con discapacidad mental.

Los hechos se remontan a la noche del martes 16 de abril de 2019, mientras la víctima se encontraba en su domicilio del sector sur de Punta Arenas, momento en que fue visitada por el conviviente de su prima, el acusado identificado por las iniciales N.A.O.S., quien aprovechando la discapacidad mental que padece la joven, le realizó tocamientos de significación sexual para posteriormente proceder a violarla, y entregarle dinero en efectivo para que mantuviera silencio.

Cabe mencionar que estos hechos se venían repitiendo desde que la víctima comenzó a vivir en Punta Arenas, es decir, a principios del año pasado, y también ocurrieron los mismos actos en 2018, cuando ella vivía en la comuna de Puerto Natales, conductas que el imputado ejecutaba teniendo pleno conocimiento de la discapacidad mental de la joven.

Durante el juicio, el sujeto renunció a su derecho a guardar silencio y declaró ante los jueces, admitiendo los hechos, pero asegurando que él habría mantenido relaciones con la víctima de forma consentida.

Precisamente este miércoles, los jueces dieron a conocer la parte resolutiva de la sentencia, condenando al acusado a la pena de 3 años y un día de presidio, y por no reunir los requisitos que establece nuestra legislación actual, deberá cumplir este castigo tras las rejas.

¿Por qué bajó la pena?

Cabe indicar que tanto la Fiscalía como la abogada querellante, Martina Pradenas, habían pedido imponer una pena de diez años de cárcel efectiva.

Al respecto, ésta última indicó que “estábamos satisfecho con el resultado de condena, pero la sentencia que aplicó el Tribunal no dice relación con lo que nosotros estábamos solicitando, es bastante más baja, aunque por lo menos es una pena efectiva por el carácter del delito. La familia lo que espera es que la pena se cumpla, y si bien no satisface todas las expectativas, pero a lo menos nos quedamos conformes en que se logró un veredicto condenatorio, que era dificultoso atendida la discapacidad que tiene la víctima en este caso, y eso hace bastante más complejo la intervención, y se destaca el esfuerzo que ella hizo en ir a juicio, en someterse a un proceso penal, declarar, que ya para cualquier víctima es difícil, más aún en el caso de mi representada”.

Cabe indicar que los años de pena se rebajaron porque los magistrados reconocieron dos atenuantes que le beneficiaban a N.A.O.S.: la irreprochable conducta anterior y se consideró concurrente a su favor la colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos, ya que no sólo prestó declaración ante la policía, sino que además aportó antecedentes relevantes para la misma, como el reconocimiento de las relaciones sexuales que mantuvo con la afectada, su conocimiento de la discapacidad que la afecta, se situó los días y horas en el lugar y en los hechos que se le imputaron, aun cuando alegó una relación consentida entre ambos.

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