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Se descarta que el delito corresponda a violación de morada

Corte confirma condena contra sujeto que robó estufa a gas de un domicilio habitado

tribunales
23/06/2021 a las 09:35
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El Tribunal Oral dio por acreditado que Patricio Figueroa Medina y otro imputado –que fue absuelto porque falleció– saltaron el cerco perimetral de una casa en la Población Nelda Panicucci.

Por unanimidad, la Corte de Apelaciones de Punta Arenas confirmó la sentencia en contra de Patricio Figueroa Medina, quien tendrá que cumplir con cinco años de cárcel por intentar robar una cocina a gas de una casa.

Los ministros María Isabel San Martín, Víctor Stenger y Marco Kusanovic rechazaron el recurso de nulidad interpuesto por la Defensoría Penal Pública, que solicitó anular el juicio por un supuesto “error de derecho” incurrido por los jueces del Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de Punta Arenas.

El TOP dio por acreditado que Figueroa Medina y otro imputado –que fue absuelto porque falleció– saltaron el cerco perimetral de una casa en la Población Nelda Panicucci. Después quebraron el vidrio de una ventana e ingresaron para robarse la cocina a gas. Fueron sorprendidos en el acto por Carabineros, quienes llegaron advertidos por vecinos.

Aunque los magistrados sentenciaron al imputado por robo en lugar habitado, no fue una decisión unánime. El juez Julio Álvarez no percibió una conducta apropiadora y estuvo en la posición de condenarlo por violación de morada.

Tras casi dos meses de análisis, el tribunal de alzada se inclinó por la decisión mayoritaria del TOP. “No resulta posible advertir la existencia de una errónea aplicación del derecho, al concluir que en la especie se trata de un delito de robo en lugar destinado a la habitación –que es lo que cuestiona la defensa– en grado frustrado”, dice el fallo.

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