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Columna de opinión

Nueva institucionalidad en las regiones

opinion
21/07/2021 a las 14:26
Pablo Oyarzo
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Jacques Roux, Jefe Regional de la Subdere

Hemos sido testigos de uno de los cambios más sustantivos de estas recientes reformas en materia de descentralización, la separación de funciones de administración y gobierno en la región, quedando las primeras radicadas en el Gobierno Regional, encabezado por el gobernador regional electo, y las segundas, en los delegados presidenciales regionales y provinciales, en los territorios regional y provincial, respectivamente. Para iniciar este proceso, el miércoles 14 de julio asumieron los primeros gobernadores regionales electos del país. Las 16 nuevas autoridades permanecerán hasta el 6 de enero de 2025, con posibilidad de ser reelectos por un segundo periodo. Los nuevos gobernadores regionales tendrán en sus manos la tarea de impulsar el proceso de descentralización, propiciando el desarrollo armónico y equilibrado de todos los territorios. Para ello cuentan con diversas atribuciones en materia presupuestaria, de planificación, administración, normativa y de coordinación. Algunas de las competencias de los gobernadores regionales son: administrar el presupuesto de la región, promulgar los planes de ordenamiento territorial, y coordinar las tres nuevas divisiones del GORE que se suman a las existentes (Fomento Productivo e Industria, Desarrollo Social y Humano, e Infraestructura y Transporte). Los gobernadores también serán los encargados de presidir los consejos regionales correspondientes. Por otra parte, el presidente Sebastián Piñera designó a los nuevos delegados presidenciales, que iniciaron sus funciones el mismo día, en el marco de los cambios asociados a la Ley 21.074 de Fortalecimiento de la regionalización del País. Las funciones de gobierno, como ya señalé, estarán a cargo de los delegados presidenciales regionales y provinciales. El gobierno interior de cada región reside en el delegado presidencial regional, quien será el representante natural e inmediato del Presidente de la República en el territorio de su jurisdicción. Será nombrado por este y se mantendrá en sus funciones mientras cuente con su confianza. Los delegados tienen dentro de sus principales tareas velar por el orden público, prevenir y enfrentar emergencias o catástrofes, implementar medidas de prevención de la delincuencia, coordinar y fiscalizar servicios públicos que dependan o se relacionen con el Presidente de la República a través de un ministerio, proponer ternas para seremis y sugerir su remoción, y presidir el Consejo Regional de Seguridad Pública Interior, entre otras. En cada provincia existirá una Delegación Presidencial Provincial, que será un órgano territorialmente desconcentrado del delegado presidencial regional. Estará a cargo de un delegado presidencial provincial, quien será nombrado y removido libremente por el Presidente de la República. El delegado presidencial provincial tendrá todas las atribuciones que el delegado presidencial regional le delegue y, además, las que la ley le confiere directamente. Poco a poco iremos acostumbrándonos a esta nueva institucionalidad, cuyo objetivo es tener una región más descentralizada y con nuevas atribuciones, ya que, a contar del año 2022, una de las reformas más significativas es la atribución del gobernador regional de solicitar al Presidente de la República, previo acuerdo del Consejo Regional, la transferencia de una o más competencias que hoy desarrollan los ministerios y servicios públicos. De este modo, tareas en materia de ordenamiento territorial, fomento de las actividades productivas y desarrollo social y cultural, que hoy son ejecutadas por ministerios y servicios públicos, podrán ser traspasadas a los gobiernos regionales.

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