El máximo tribunal del país zanjó la polémica entre la Asociación de Trabajadores Municipales (Astramupa) y la por entonces alcaldesa suplente María Elena Blackwood. La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas, que había rechazado el recurso de protección interpuesto por el gremio de funcionarios.
El conflicto judicial se remonta a comienzos de mayo. La Astramupa recurrió a la Corte de Punta Arenas en contra de un decreto que los obligaba a retornar a labores presenciales. Acusaron que la medida “arriesga la salud de los funcionarios municipales y del público general que accede a los servicios”.
Además, el recurso interpuesto en contra del municipio establecía que el decreto no consideraba medidas de resguardo para los distintos rangos etarios.
El 29 de junio, los ministros de la corte Víctor Stenger y Marta Jimena Pinto resolvieron que el reclamo no tenía sustento legal. El decreto, que sería “arbitrario e ilegal”, según la Astramupa, ya no tenía vigencia porque Punta Arenas había avanzado a fase 2.
Además, la Corte estableció que “la municipalidad está dando cumplimiento a las instrucciones impartidas en materia sanitaria, entre ellas las tendientes a resguardar la salud de los servidores públicos”.
Descontentos con el fallo, el gremio apeló a la Corte Suprema. El caso fue analizado por la Tercera Sala, dedicada a materias constitucionales. En un fallo unánime, los cinco ministros que compusieron la sala confirmaron la sentencia en alzada.