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Por resolución de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas

Clínica tendrá que capacitarse sobre identidad de género por discriminar a dos pacientes

tribunales
23/11/2021 a las 12:05
Pinguino Web 1
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Los afectados hicieron su transición de género y se registraron formalmente con nuevos nombres, pero el recinto asistencial los trató por su identidad antigua. Uno de ellos sufrió una crisis de pánico en la sala de espera.

Por resolución de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas, los funcionarios de la Clínica RedSalud de Magallanes tendrán que capacitarse respecto de la Ley de Identidad de Género tras vulnerar los derechos de dos personas transgénero.


La Corte acogió el recurso de protección interpuesto por dos personas que se atendieron en el recinto. Ambos fueron tratados por sus “nombres muertos”: sus apelativos anteriores a que hiciesen su transición.

Uno de los recurrentes solicitó una hora a través de la página web para ser atendido por un médico especialista. Once días después, el sistema de la clínica lo agendó con su nombre original, pese a que hace más de un año que había hecho el cambio registral.

Al día siguiente una funcionaria se dirigió hacia él por su nombre antiguo. Para corregirle, el paciente le envió su ficha de Fonasa y su certificado de nacimiento, ambos con su identificación coincidente con su género. Sin embargo, su médico tratante volvió a llamarlo por su “nombre muerto”.

El segundo afectado vivió una situación similar. Hizo el cambio registral tras vivir su transición y ahora se identifica con un nuevo nombre, el cual está reconocido en el Registro Civil y Fonasa. Sin embargo, el 15 de septiembre –13 días después del reclamo formal del caso anterior– pidió atención en RedSalud y le agendaron su hora con la antigua individualización.

La persona pidió que rectificasen la información a través de la documentación oficial. Cuando esperó por su hora en la sala de espera, el médico lo llamó a través de altoparlante por su “nombre muerto” y el recurrente sufrió una crisis de pánico.

Representados por la Fundación Selena, ambos presentaron un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones. “Los integrantes de la organización fueron objeto de hechos discriminatorios por parte de la clínica. Por motivos de orientación sexual o identidad de género, fueron afectados y expuestos”, dice la acción.

En su alegato, el recinto médico reconoció su error y lo acreditó a que la ejecutiva de ingreso no solicitó las cédulas de identidad ni verificó la ficha clínica electrónica.

La sala compuesta por la ministra Paola Oltra, el fiscal judicial Pablo Miño y la abogada Carmen González acogió el recurso. El fallo indica que “los hechos denunciados como acción ilegal y arbitraria se encuentran plenamente acreditados” y dispuso medidas para que la discriminación no se reitere.

En primer lugar, tendrán que actualizar la información de los pacientes con su nombre correcto en todas sus plataformas. Además, todos los profesionales, técnicos y personal administrativo deben ser capacitados sobre la temática de Ley de Identidad de Género. La clínica tiene un mes para informar a la Corte sobre su implementación.

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