La publicación se hizo en el grupo “Datos y Ventas PUQ” de Facebook. El 24 de septiembre pasado, el recurrido –que está denunciado por violencia intrafamiliar y tiene medidas cautelares en su contra– divulgó información sobre las causas que se tramitan en el Juzgado de Familia.
El texto precisaba el nombre de la mujer, su lugar de trabajo y su domicilio. Los usuarios de la red social también pudieron ver fotografías de ella.
Según el recurso de protección, “estos actos le han generado problemas emocionales y de ansiedad, exponiendo parte de su intimidad ante cientos de personas que vieron la publicación”.
La Corte de Apelaciones resolvió acoger la acción a partir del “derecho a la imagen y a la honra de la recurrente, y considerando que la parte recurrida no ha esgrimido antecedentes que permitan justificar su actuar”.
Los magistrados resolvieron que el hombre elimine la “funa” de Facebook y se abstenga de realizar nuevas publicaciones a través de redes sociales que sean del mismo tenor.
El fallo no estuvo exento de polémica. Aunque el ministro (s) Luis Álvarez estimó que la publicación debía ser borrada, consideró que no podía ordenarse que el recurrido se abstuviese de escribir textos similares, pues no se puede resolver respecto a “un supuesto hecho de carácter futuro”.