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Desde el 16 al 18 de agosto

Mañana inicia proceso de excusas para quienes no puedan ejercer como vocales de mesa

cronica
15/08/2022 a las 13:05
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Quienes no cumplan su labor durante el Plebiscito de Salida y no se justifiquen, arriesgan multas que van de 2 a 8 UTM, es decir, entre $117 mil y $470 mil.

El sábado se dieron a conocer el listado de vocales de mesas para el Plebiscito de Salida, es por ello que desde el Servel señalaron que quienes hayan sido seleccionados para ejercer como vocales de mesa, tendrán entre el 16 y el 18 de agosto para excusarse en caso de ser necesario.

Además, especificaron que se podrán usar cualquiera de las causales que contempla la Ley 18.700 para excusarse de la convocatoria. Tras esto, el 20 de agosto los Secretarios de Juntas Electorales darán a conocer la lista final de reemplazantes.

Las excusas deben presentarse ante el Secretario de la Junta Electoral que haya designado el cargo de vocal y se deben incluir los documentos que acrediten el motivo.

Cabe destacar que quienes no cumplan con su rol de vocal de mesa y no se excusen en el tiempo otorgado por la organización, arriesgan multas por infracción electoral, que van de 2 a 8 UTM, es decir, entre $117 mil y $470 mil.

Las excusas que se pueden presentar ante la entidad electoral son:

Estar el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700 o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador.

Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva.

Tener que desempeñar otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700.

Tener más de 60 años de edad.

Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.

Cumplir labores en establecimientos hospitalarios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.

Tratarse de personas gestantes durante todo el período de embarazo, acreditado mediante documento extendido por el establecimiento de salud.

Quienes se desempeñen como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales, con dependencia o discapacidades, y las que se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (Eleam).

Adicionalmente, se podrán acreditar las correspondientes excusas ante el Delegado del local el día del Plebiscito, o ante el Juez de Policía Local si llegaren a ser citados con posterioridad.

Considerando el contexto obligatorio de las votaciones, se debe tener en cuenta que en caso de no participar, se podrían arriesgar multas que llegan hasta las 3 UTM, es decir, cerca de $174.744.

Votantes que no vayan a sufragar

También es posible presentar excusas para quienes no asistan a votar, las cuales deberán ser debidamente acreditadas con el juez ante el cual se deba comparecer por la infracción.

Dichas causales de justificación son:

- Enfermedad.

- Ausencia del país.

- Encontrarse el día del plebiscito en un lugar situado a más de 200 kilómetros de aquel en el que se encuentra registrado su domicilio electoral.

- Por otro impedimento grave, debidamente comprobado ante el juez competente, quien revisará la prueba de acuerdo con las reglas de la sana crítica.

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