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Corte de Apelaciones no acogió su recurso de protección

Rechazan recurso de vecina que buscaba impedir ampliación de frutería

tribunales
28/09/2022 a las 10:34
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La casa aledaña inició construcciones que provocaron cortes eléctricos y contaminación acústica. La vecina recurrió a la Corte para que cesaran las obras, pero rechazaron su recurso al “no ser la vía idónea” para resolver el conflicto.

La justicia se pronunció respecto del conflicto vecinal desatado por la ampliación de una frutería en el sector norte de Punta Arenas. En una decisión unánime, la Corte de Apelaciones rechazó el recurso de protección interpuesto por una vecina que buscaba el cese de las construcciones.

La recurrente vive desde 1982 en la esquina de Avenida España con Capitán Guillermos. El año pasado, el propietario de la casa contigua instaló una frutería que comenzó a ampliarse con el transcurso del tiempo.

De acuerdo al recurso, el comerciante efectuó obras de construcción que implicaron ruidos molestos permanentes. También instaló un container industrial de almacenamiento, cuyo motor está encendido las 24 horas del día y que ha provocado cortes de luz en las casas aledañas.

La recurrente también alega que el vecino modificó la fachada para habilitar un estacionamiento y que sacó el muro retardante que sirve como cortafuegos. Además habría contaminado su jardín con restos de la construcción.

Las obras –que se habrían realizado sin los permisos de edificación– fueron denunciadas ante el municipio y el Segundo Juzgado de Policía Local de Punta Arenas. Aunque el comerciante ha sido multado, este continuó con la ampliación de la frutería.

Por ello la afectada interpuso un recurso de protección para que la Corte ordenara el cese de las actividades. Según su acción, el recurrido “ha afectado los derechos de un adulto mayor, cuyo estilo y calidad de vida, y sus derechos fundamentales han sido disminuidos y vulnerados”.

Sin embargo, la Corte de Apelaciones falló a favor del comerciante. Según la sentencia, el recurso de protección no es el medio adecuado para resolver incumplimientos a la normativa sanitaria y constructiva.

“Existen procedimientos especiales regulados al efecto, de manera que esta vía cautelar no es la idónea para dilucidar el problema planteado, por lo que la acción intentada no puede prosperar”, dice el fallo.

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