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Columna de opinión

Novedades en Presupuesto 2023 para gobiernos regionales

opinion
05/12/2022 a las 18:16
Pablo Oyarzo
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Christian García C., Contador Auditor, Magíster en Derecho Tributario

A diferencia de lo que ocurre con los Municipios, que detentan autonomía en la administración de sus finanzas y que, por lo tanto, su presupuesto es propuesto por el alcalde al Concejo Municipal para su aprobación y posterior ejecución, sin estar sometidos a la publicación de la Ley de Presupuestos del Sector Público, los Gobiernos Regionales no cuentan con dicha autonomía financiera.

Lo anterior se traduce en que los Gobiernos Regionales están supeditados a la aprobación de la Ley de Presupuestos de la Nación, la que los autoriza a efectuar todos sus gastos e inversiones, como también, la que estima y determina el monto de los ingresos con los cuales pueden enfrentar la ejecución de su respectivo presupuesto.

Dicha Ley de Presupuesto es preparada por el Poder Ejecutivo, es decir, por el nivel central, cuyo proyecto es presentado al Congreso mediante mensaje del Presidente de la República, para ser sometido a discusión en ambas cámaras para su aprobación y posterior publicación en el Diario Oficial, momento a partir del cual es ley de la República y autoriza a todos los Servicios Públicos, incluido los Gobiernos Regionales, a efectuar sus correspondientes desembolsos.

La anotada Ley de Presupuestos, se ordenaba por distintas partidas, que corresponde al nivel superior de agrupación asignada a la Presidencia de la República, al Congreso Nacional, al Poder Judicial, a la Contraloría General de la República, Ministerio Público, a cada uno de los diversos Ministerios y a la Partida “Tesoro Público” que contiene la estimación de ingresos del Fisco y de los gastos y aportes de cargo fiscal.

Históricamente, el presupuesto de los Gobiernos Regionales se encontraba inscrito dentro de la Partida 05 -correspondiente al Ministerio del Interior y Seguridad Pública-, sometido a varias aprobaciones de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo (dependiente de esa Cartera de Estado), para gestionar sus recursos, junto con una nutrida cantidad de glosas que imponían restricciones en muchos casos y que determinaban ciertos procedimientos engorrosos para ejecutar los recursos de los entes subnacionales.

La gran novedad de la Ley de Presupuestos para el año 2023, recientemente aprobada, consiste en que los Gobiernos Regionales han sido agrupados en la nueva Partida 31, diferente a la del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, reconociendo cierta autonomía con dicho gesto y otorgando mayores flexibilidades en la ejecución presupuestaria, toda vez que se redujeron considerablemente la cantidad de glosas y se simplificó su redacción, para permitir una mayor velocidad en la tramitación de diversas autorizaciones para realizar los desembolsos necesarios para el funcionamiento y la inversión regional, sin perder de vista el necesario control de las finanzas nacionales que ejercen, tanto la Dirección de Presupuestos como la Contraloría General de la República.

La estructura de la Ley de Presupuestos para el año 2023 constituye, sin duda alguna, un primer y gran importante paso en la anhelada descentralización fiscal, para hacer mas eficientes, oportunas y pertinentes las iniciativas de inversión y de gasto que deben emprender los Gobiernos Regionales para satisfacer las necesidades públicas de los territorios y sus habitantes.

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