Según se explicó, el hombre instaló una cámara de seguridad en la pieza de la niña sin tener el permiso de ésta, ni tampoco de la madre.
Por lo mismo, inicialmente se creía que el hombre habría incurrido en el delito de almacenaje pornográfico infantil. Sin embargo, tras las diligencias correspondientes se recalcó que se acerca más al almacenaje de material audiovisual donde aparecen menores de edad sin la autorización correspondiente, al menos eso fue lo que pudo comprobar el Ministerio Público.
Como no se le pudo configurar en su totalidad el tipo penal, se ofreció una suspensión condicional de la causa por un año, con el hombre teniendo que informar su domicilio, cualquier cambio de este y el no tener que ser formalizado por ningún delito mientras esté sometido a esta facilidad legal.