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Masajista recibe 4 años de libertad vigilada por abusos sexuales a dos clientas

cronica
07/08/2025 a las 07:01
Periodista Web 3
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Condena en juicio abreviado.

Un hombre que ejercía como masajista fue condenado por el abuso sexual de dos mujeres, clientas de un centro de estética donde realizaba prácticas como parte de su formación profesional.

El magistrado dictó una sentencia total de cuatro años bajo la modalidad de libertad vigilada intensiva, generando debate sobre el alcance de las penas cuando se trata de delitos sexuales en contextos de atención personal.


Abuso de confianza

Los hechos se remontan a 2023, cuando ambas víctimas acudieron a un centro de belleza y recibieron como parte del servicio la opción de un masaje, realizado por el ahora condenado identificado con las iniciales M.A.M.A.

Según detalló el fiscal Cristián Opazo, el acusado aprovechó que las mujeres se encontraban en condiciones de vulnerabilidad, en ropa interior y sin capacidad de reacción inmediata, para realizar tocaciones impropias en zonas íntimas.


“Aprovechando que las víctimas se encontraban sin buena capacidad de resistencia, procedió a masajear sus zonas íntimas”, precisó.

Durante la investigación, el imputado prestó declaración y admitió haber cometido “un error”, señalando que recordaba haber tocado a algunas clientas, aunque sin identificarlas por nombre. Según el Ministerio Público, ofreció disculpas y colaboró en parte con la investigación.


Juicio abreviado

El juicio se tramitó bajo la figura del procedimiento abreviado, lo que permitió evitar un juicio oral.

La defensora penal pública, Fernanda Martínez, explicó que el condenado “fue sentenciado por dos delitos” y que la sumatoria de las penas, cinco años, “le permitió optar a la libertad vigilada intensiva, que fue concedida por el tribunal”.

Esa pena contempla, además, prohibición de acercamiento a las víctimas y cumplimiento de condiciones de seguimiento y control.

Por su parte, el abogado querellante José Miguel Maldonado, en representación del Centro de Apoyo a Víctimas, detalló que su cliente fue una de las dos afectadas, y que las penas impuestas fueron de “dos años más 183 días y otra de dos años y 183 días, ambas de presidio menor en su grado medio”.


Aunque el acusado fue declarado culpable por ambos delitos, la pena impuesta no se cumplirá en reclusión, ya que fue sustituida por el régimen de libertad vigilada intensiva, lo que implica seguimiento sicosocial y control periódico por parte de Gendarmería.


Esta decisión ha generado cuestionamientos desde el ámbito de apoyo a víctimas, ya que los hechos ocurrieron en un contexto de atención profesional, donde las víctimas se encontraban en una situación de exposición física y confianza, factores que amplifican la gravedad del abuso.

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