A pocos días de concluir el proceso de notificación de vocales de mesa y miembros de colegios escrutadores, el Servicio Electoral (Servel) suspendió la publicación de listados en diarios y el envío de cartas certificadas, estableciendo como único medio válido la notificación digital a través del “domicilio electrónico único”.
La medida se adoptó tras la entrada en vigencia de la Ley N° 21.779, que modifica la Ley 18.700 sobre Votaciones Populares y Escrutinios. Sin embargo, la Asociación Nacional de la Prensa (ANP) la calificó como ilegal, advirtiendo que atenta contra los principios de juridicidad, certeza y transparencia.
“La entrada en vigencia de una nueva ley no otorga al Servel la facultad para invalidar un procedimiento iniciado válidamente conforme a la norma anterior”, señaló el gremio, que agrupa a los principales diarios del país.
La decisión afecta especialmente a adultos mayores y residentes rurales, quienes dependen de medios impresos o notificaciones postales. La ANP pidió al Servel mantener el proceso tradicional y complementarlo con la notificación digital, garantizando acceso y transparencia.
El caso ha generado un debate sobre la digitalización de procesos cívicos y la necesidad de equilibrar modernización y participación ciudadana informada.