Tras poco más de un año de la tragedia que enlutó a la capital regional, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas dictó justicia. En un fallo unánime, los jueces Juan Álvarez, Rosana Vidal y Octavio Salinas declararon culpable a Miguel Ángel Raipane Soto por conducción en estado de ebriedad con resultado de muerte, lesiones y daños.
La resolución judicial fue lapidaria al describir la imprudencia temeraria del condenado, quien durante la madrugada del 1 de diciembre de 2024, protagonizó uno de los accidentes más violentos registrados en el centro de la ciudad en los últimos años.
Los magistrados dieron por acreditado que, cerca de las 05:40 horas, Raipane Soto circulaba en su vehículo Honda FIT por la Avenida Colón. Al llegar a la intersección con calle Hernando de Magallanes, el sujeto desestimó toda norma de seguridad:
Infracción crítica: Ingresó al cruce enfrentando una luz roja a gran velocidad.
El impacto: Chocó violentamente contra un automóvil conducido por un adolescente.
La víctima: Producto del impacto, la pasajera del segundo móvil, Claudia Godoy Cárcamo, falleció debido a la gravedad de sus lesiones, mientras que el resto de los ocupantes resultaron heridos.
Más allá de la pena de presidio, el tribunal aplicó sanciones accesorias que envían un fuerte mensaje de tolerancia cero a la conducción bajo los efectos del alcohol en Magallanes:
Inhabilidad perpetua: Raipane Soto tiene prohibido, de por vida, volver a conducir cualquier vehículo de tracción mecánica.
Comiso del móvil: El automóvil Honda FIT utilizado en el crimen quedó en manos del Estado para su destrucción o remate, perdiendo el condenado todo derecho sobre el bien.
Multa y derechos políticos: Deberá pagar 8 UTM y quedó inhabilitado para ejercer cargos públicos o derechos políticos.
El fallo subraya que la prueba presentada por la Fiscalía logró superar cualquier duda razonable, estableciendo que el estado de ebriedad del sentenciado fue la causa directa e inexcusable de la muerte de Claudia Godoy.
Mira la nota completa acá: