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Corte rechaza recurso contra Conaf y SBAP por disminución de pingüinos

tribunales
01/04/2026 a las 09:23
Periodista Web 1
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En un fallo unánime, la Primera Sala desestimó la acción legal de la ONG “No Más Zonas de Sacrificio” contra Conaf y el SBAP. El tribunal determinó que el recurso de protección no es la instancia para debatir las causas científicas del descenso poblacional de la colonia, dejando sin efecto la acusación de "omisión ilegal" por parte del Estado.

La controversia llegó a los tribunales luego de que la ONG ambientalista denunciara una "drástica disminución" en la emblemática colonia de pingüinos de Magallanes en el Monumento Natural Isla Magdalena. La organización acusaba a la Corporación Nacional Forestal (Conaf) y al Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP) de una omisión ilegal al no elaborar informes técnicos actualizados ni fiscalizar el impacto del turismo masivo en el sector.

Según los recurrentes, la falta de acción estatal vulneraba el principio preventivo ante un riesgo ambiental documentado, exigiendo que la justicia obligara a los organismos a entregar respuestas concretas sobre la crisis de la fauna silvestre en el Estrecho.


El razonamiento de la Corte

Sin embargo, los ministros Marcos Kusanovic, Roxana Salgado y la abogada integrante Sintia Orellana fueron categóricos al señalar que el recurso de protección es una medida cautelar de urgencia y no un juicio de fondo para determinar verdades científicas o responsabilidades administrativas complejas.

Los puntos clave del fallo:

  • Naturaleza del recurso: El tribunal aclaró que esta vía no permite discusiones de "lato conocimiento" (debates extensos que requieren pruebas periciales complejas).

  • Falta de derecho indubitado: Para que la Corte actúe, el derecho debe ser claro y no estar en disputa. En este caso, las causas de la muerte o migración de los pingüinos son materia de prueba técnica que excede las facultades de la Sala.

  • Sin ilegalidad acreditada: La resolución concluyó que no se advirtió una actuación arbitraria por parte de Conaf o el SBAP que amenace de forma directa las garantías constitucionales de los ciudadanos. ??????


Puerta cerrada a la vía inmediata

“La acción constitucional deducida no está en condiciones de prosperar, puesto que la materia denunciada ha de ser declarada y reparada por las vías que la legislación establezca”, sentencia el documento judicial.

Con esta decisión, la justicia magallánica cierra la puerta al auxilio judicial inmediato, sugiriendo que la ONG debe recurrir a los Tribunales Ambientales o a instancias administrativas si desea probar la negligencia estatal. Cabe destacar que el tribunal no impuso el pago de costas a la organización demandante, pese a rechazar la acción.


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