El Juzgado de Letras del Trabajo de Punta Arenas dictó una sentencia condenatoria contra la empresa National Oilwell Varco (NOV) por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido. El tribunal acreditó que la compañía afectó la integridad psíquica de un ingeniero de petróleo al cuestionar la legitimidad de sus licencias médicas y permitir que trabajara durante su recuperación.
El demandante, Francisco Campero Martínez, fue operado de la rodilla en octubre de 2024. Según el fallo, la gerencia de la empresa puso en duda la gravedad de su situación, calificándola internamente como una “cirugía simple”, y manifestó que el empleado podía trabajar desde su hogar pese al reposo médico total prescrito.
El tribunal detectó indicios de discriminación al observar que el trabajador fue despedido el 28 de abril de 2025, apenas finalizada su licencia médica. Para el juez, la desvinculación no se justificó únicamente por razones económicas, sino que estuvo ligada al estado de salud del profesional.
La justicia ordenó a National Oilwell Varco el pago de las siguientes sumas:
Indemnización por tutela laboral: $18.568.938 (equivalente a seis meses de sueldo).
Indemnización por daño moral: $5.000.000 por la afectación emocional acreditada mediante peritajes.
Reintegro de Seguro de Cesantía (AFC): $1.852.456 descontados indebidamente del finiquito
La resolución del magistrado Cristian Armijo Silva establece un precedente sobre la prohibición de presionar a trabajadores con licencia para cumplir funciones remotas.