El Juzgado de Garantía de Punta Arenas decretó la medida cautelar de prisión preventiva para Kevin Ángel Soto Mancilla, un joven de 20 años imputado por los delitos consumados de amenazas y desacato en contexto de violencia intrafamiliar (VIF). El tribunal consideró que el sujeto representa un peligro inminente para la seguridad de la víctima.
El hecho causó alarma debido a la inmediata reincidencia del agresor. Apenas una hora después de haber sido formalizado en una causa previa —donde se le ordenó el abandono del hogar y la prohibición absoluta de acercarse a su madre—, el imputado quebrantó la resolución judicial, regresó al inmueble e intimidó a la mujer con un arma blanca.
La fiscal de la causa, Wendoline Acuña, detalló la gravedad del ataque ocurrido en el sector norte de la ciudad: "La madre denunció que él nuevamente concurre al domicilio e ingresa; ahí obtiene un cuchillo desde la cocina y con este elemento procede a amenazar y a perseguir a su madre en la vía pública, quien se debe resguardar en el domicilio de una vecina, expresando ella mucho temor y riesgo para su integridad y para su vida".
Por su parte, la Defensoría Penal Pública, liderada por el abogado Pablo Martin, solicitó detener el ingreso a la cárcel del joven. La defensa propuso una medida alternativa de arresto domiciliario total controlado con monitoreo telemático (tobillera electrónica), argumentando que el imputado sufre de severos cuadros de descompensación.
Martin aclaró que no buscaban justificar el comportamiento del joven, sino garantizar que reciba el tratamiento psicológico y la medicación adecuada. Asimismo, confirmó que se encuentran recopilando antecedentes médicos en el hospital local y en el Cesfam para evaluar una posible apelación.
Pese a los argumentos de la defensa, la magistrada rechazó la opción del arresto domiciliario con tobillera. La resolución judicial recordó que, por ley, el monitoreo telemático requiere obligatoriamente el consentimiento de la víctima, facultad que no se configuró ante el evidente estado de terror de la afectada.
Debido a la conducta refractaria del imputado, quien ya registra dos condenas previas por violencia intrafamiliar cometidas en 2025, la jueza ordenó su reclusión inmediata en el complejo penitenciario de la ciudad. El tribunal otorgó un plazo de 60 días para el cierre de la investigación.