Un categórico y unánime varapalo judicial recibió la defensa de un sujeto condenado por el delito de femicidio íntimo en grado de tentativa en la capital de la Región de Magallanes. La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas desechó en su totalidad el recurso de nulidad interpuesto por la representación del imputado, ratificando la validez absoluta de la sentencia dictada previamente por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal (TOP) de la ciudad.
El tribunal de alzada —integrado por los ministros Caroline Turner González, Claudio Jara Inostroza y el fiscal judicial Pablo Miño Barrera— confirmó el juzgamiento de primera instancia, descartando de plano que los magistrados hayan incurrido en vulneraciones a las reglas de la lógica, la sana crítica o la correcta ponderación de las pruebas presentadas durante el juicio oral.
Los antecedentes acreditados en la causa dan cuenta de un violento episodio de violencia intrafamiliar ocurrido al interior de una vivienda en Punta Arenas. En el lugar, el acusado comenzó insultando a su cónyuge con groserías de alto calibre, para luego empujarla con violencia, haciéndola caer sobre una salamandra metálica encendida.
Posteriormente, el agresor se abalanzó sobre la mujer, posicionando su rodilla sobre su cuerpo y sujetándola firmemente del cuello con ambas manos. El sujeto ejerció una fuerte presión mecánica que le impidió la respiración a la víctima, al tiempo que le propinaba certeros golpes de puño en el rostro, demostrando un claro dolo homicida. El ataque solo se detuvo gracias a la valerosa intervención de la hija de la mujer, quien ingresó a la habitación, logró apartar a su madre del agresor y solicitó el auxilio de Carabineros de Chile.
En su pronunciamiento, la Corte de Apelaciones fue enfática en señalar que el desacuerdo de la defensa con la valoración del material probatorio no constituye una infracción de ley. Los ministros subrayaron que la dinámica de los hechos demostró de manera inequívoca el designio de quitarle la vida a la víctima, ilícito que quedó en etapa de tentativa únicamente por la oportuna irrupción de un tercero.
Asimismo, el tribunal rechazó la petición subsidiaria de rebajar la pena. La resolución remarcó que el tribunal de origen evaluó correctamente la extensión del mal causado, considerando no solo el historial de violencia del sujeto, sino también las severas secuelas psicológicas que aquejan a la víctima, quien se encuentra bajo tratamiento profesional permanente. Al no concurrir atenuantes ni agravantes, la Corte concluyó que la sanción aplicada se ajusta plenamente a derecho y es proporcional a la gravedad del delito.
Una racha de accidentes viales se registró en distintos puntos de Punta Arenas, movilizando a los equipos de emergencia y a personal de Carabineros para la adopción de los procedimientos de rigor.
El primer siniestro ocurrió durante la mañana en el sector sur de la comuna, específicamente en calle 21 de Mayo, frente a la estación de servicios Shell. En dicho punto, un vehículo que se disponía a salir desde el servicentro fue embestido por otro automóvil que transitaba por la vía principal. Pese a la fuerza del impacto y a los considerables daños en las carrocerías, no se registraron personas lesionadas.
Por otra parte, durante la noche del domingo se produjo un choque de consideración en la intersección de Avenida Presidente Manuel Frei Montalva con calle Hornillas. El accidente se desencadenó cuando la conductora de un automóvil marca Mazda, modelo Demio, perdió el control del volante y colisionó de forma directa contra la estructura de un semáforo. El equipamiento de señalización vial resultó con severos daños en su base, mientras que la automovilista rechazó la atención médica y el traslado a un centro asistencial.