La Corte de Apelaciones de Punta Arenas acogió parcialmente un recurso de protección presentado por la Fundación Pueblo Kawésqar contra cinco dirigentas indígenas de Magallanes, ordenándoles abstenerse de emitir acusaciones sin sustento probatorio que afecten el prestigio de la institución.
En una decisión unánime, la Primera Sala del tribunal distinguió entre el debate de interés público y la atribución de hechos falsos:
Libertad de opinión: La Corte determinó que las críticas sobre la representatividad de la fundación y las exigencias de consulta previa son parte de la libertad de expresión.
Límite por difamación: Se calificó como acto ilegal y arbitrario atribuir falsos nexos con la industria salmonera, inventar investigaciones de la Contraloría, comparar gestiones con "zoológicos humanos" y desconocer la calidad indígena de sus directores acreditada por la Conadi.
Desde la Fundación Pueblo Kawésqar valoraron positivamente la resolución. Su presidente, Francisco González, destacó que el dictamen entrega "un marco de certeza y confianza para las instituciones chilenas e internacionales" que colaboran en la restitución de ancestros y proyectos culturales.
Por su parte, la vicepresidenta de la entidad, Pamela González, reafirmó el compromiso de la organización al señalar que lo más importante es responder a la confianza depositada en los jóvenes de la comunidad para devolver la dignidad y el respeto a sus ancestros.