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En Puerto Natales

“Consumo personal” fue el argumento que absolvió a imputado por cultivar cannabis sativa

policial
09/06/2020 a las 19:00
Pinguino Web 1
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El acusado Yor Palacio Palacio fue sorprendido por Carabineros la madrugada del 31 de marzo de 2019 con un cultivo indoor en su domicilio de seis plantas y más de 53 gramos de marihuana a granel.

Durante la mañana de ayer se efectuó una audiencia de juicio oral por videoconferencia, instancia en que el Ministerio Público acusó a un ciudadano de Puerto Natales por el delito de plantación y cultivo de cannabis sativa sin la referida autorización.

El hecho ocurrió a las 00.10 horas del 31 de marzo del año pasado, cuando el acusado identificado como Yor Palacio Palacio se encontraba en su domicilio manteniendo al interior un cultivo indoor de seis plantas de cannabis sativa, además de un contenedor con más de 53 gramos de marihuana a granel, lo cual fue constatado por Carabineros, quienes lo sorprendieron y procedieron a su detención.

Pese a lo anterior, la defensora penal María Fernanda Benavides logró acreditar que dicho cultivo estaba destinado al consumo personal de su representado, y que en ningún caso dicha conducta atentaba contra la salud pública, bien jurídico que pretende cautelar la ley 20 mil.

“Nuestro argumento era que el cultivo solo puede ser sancionado como tal cuando está destinado a una difusión posterior incontrolada de la sustancia que se cosecha en la población, es decir, cuando está destinada a la venta o distribución, pero si está destinada al consumo personal y próximo en el tiempo, en ningún caso hay una puesta en peligro de la salud pública puesto que a lo más existiría una autolesión de la propia vida, lo cual no tiene ningún interés penal y no sería constitutivo de delito alguno”, explicó la abogada.

A su vez, recalcó que el cultivo para el consumo personal no requiere de una autorización, que en este caso lo otorga el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) porque “lo que importa es que la conducta que se pretende sancionar con la Ley 20.000 tiene que necesariamente poner en peligro la salud pública”, complementó.

El imputado prestó declaración en el juicio aseverando ser consumidor desde los 15 años hasta la fecha, haciendo esto como una elección de vida, como una forma de relajación y también para el manejo de algunos dolores propios de su trabajo de carpintería, debido a que sufre una tendinitis crónica.

Con estos antecedentes, los magistrados Jovita Soto, Jaime Álvarez y Octavio Flores, que integraron la audiencia virtual, decidieron absolver de los cargos al ciudadano natalino, sin embargo, desde el Ministerio Público indicaron que en los próximos días presentarán un recurso de nulidad ante la Corte de Apelaciones de Punta Arenas.


El acusado alegó que el consumo de la marihuana es “una elección de vida”.

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