Acusado de tres delitos, un joven de 22 años que habría lanzado una bomba “Molotov a Carabineros fue enjuiciado por hechos ocurridos durante estallido social. El Tribunal Oral en lo Penal de Punta Arenas lo absolvió por desórdenes públicos, pero lo condenó por atentar contra un vehículo de Carabineros y por traer consigo un arma cortopunzante en la vía pública.
Su detención se produjo el 6 de marzo del 2020. Cuando se acercaba la medianoche, una protesta en el centro de Punta Arenas se salía de control. En la intersección de Mejicana con Bories los manifestantes cortaron el tránsito y hacían rayados de pintura.
Un carro lanza aguas de Carabineros llegó al lugar para sofocar los desmanes, pero fue recibido con piedras y palos. Entre los protestantes salió el acusado, que vestía de negro y llevaba un casco blanco. Desde la calzada, arrojó una bomba “Molotov” al dispositivo policial y acertó en el costado derecho.
El joven huyó por calle Bories, pero los funcionarios lo siguieron y le dieron alcance. Entre sus ropas ocultaba un cuchillo de siete centímetros, mientras que en su mochila portaba una botella con cloruro de sodio, líquido inflamable y un guante de cuero.
La fiscalía lo acusó de infringir la Ley de Control de Armas por arrojar la bomba artesanal y solicitó tres años de cárcel. También lo llevó a juicio por desórdenes públicos y porte de arma cortopunzante, solicitando 541 días de prisión por cada ilícito.
Por unanimidad, los magistrados lo condenaron por el cuchillo que encontraron en su mochila. Sin embargo, en un fallo dividido recalificaron la infracción a la Ley de Control de Armas por atentar contra vehículos motorizados en circulación.
Además, los jueces absolvieron al acusado por el delito de desórdenes públicos. “La norma de los desórdenes implica obstaculizar el tránsito, a la gente que hace barricadas cuando va a protestar e impide el paso de los vehículos… Esa es la conducta que está tipificada en esa norma, y esa conducta el señor no la realizó nunca”, dice su abogado defensor, Guillermo Ibacache.
Si el tribunal reconoce la atenuante de irreprochable conducta anterior, el imputado puede cumplir su condena –que se comunica el próximo martes– en libertad.