El pasado 12 de abril el encausado fue absuelto por femicidio íntimo y daños simples, ambos en contexto de violencia intrafamiliar. De acuerdo con la sentencia del Tribunal Oral en lo Penal de Punta Arenas, la muerte de la occisa no es atribuible a terceras personas. Solo condenaron al acusado por el delito de desacato continuado a cinco años de cárcel.
La fiscal encargada del caso, Romina Moscoso (en la foto), interpuso un recurso para que la Corte declare la nulidad del juicio. Argumenta que la sentencia de los jueces infringe los principios de la lógica y contradice los conocimientos científicamente afianzados. Además, esgrime que no se valoró toda la prueba incorporada.
El Ministerio Público solicita que la sentencia se anule para que se realice un nuevo juicio oral ante un tribunal no inhabilitado.