La entidad jurídica comercial “Esteban Guic y Cía. Ltda”, presentó una querella criminal por el delito de hurto, en contra Ignacio Belmar Vidal y Richard Bravo Nahuelhuen, asegurando que tienen pruebas del ilícito cometido.
Según dice el escrito, los hechos ocurrieron en distintas fechas de 2022.
El primero que relata ocurrió el 1 de diciembre, “según consta en registro audiovisual de cámaras de seguridad, (…) siendo aproximadamente las 15.14 horas, ingresa a las dependencias del local comercial de Recasur ubicado en Zona Franca, (…) Ignacio Belmar Vidal, quien se dirigió inmediatamente hacia el pasillo N°6 de la tienda, donde es atendido por el trabajador (…), quien le emite una nota de venta Nº 876712 por dos baterías para automóviles, a saber, batería HK MF55559 y batería HK MF105D por un monto de 225 mil 600 pesos”.
Posteriormente, Ignacio Belmar Vidal se dirigió al sector de las cajas, donde procede a pagar un paño de limpieza, enseguida se traslada hacia el mesón de despacho, donde es atendido por el trabajador Richard Bravo Nahuelhuen, quien le hace entrega de dos baterías para vehículos, sin solicitar que se le exhibiera el comprobante de pago respectivo”, dice el documento.
Lo descrito anteriormente explica a grandes rasgos los hechos en fechas posteriores del delito de hurto, los cuales son de similar naturaleza. Ignacio Belmar conseguía una nota de venta por algún producto, iba a la zona de despacho donde trabajaba Richard Bravo, éste entrega el artículo sin pedir el comprobante de pago correspondiente. Entonces, para no levantar sospechas, el “cliente” compraba algún artículo de menor precio para hacer la simulación de la transacción de manera más creíble, sostiene la acusación.
Factor común
Cabe explicar que el documento precisa que esto sucedió varias veces entre Belmar y Bravo, sin embargo, también indica que en al menos dos oportunidades dos sujetos que no pudieron identificar, también perpetraron el hurto haciendo uso del mismo modus operandi en donde el factor común sería Richard Bravo Nahuelhuen.
“Producto del actuar delictivo de los querellados, mi representada fue perjudicada económicamente en un monto de al menos 2 millones 263 mil 70 pesos”. Dicho monto es estimado, toda vez que se desconoce fehacientemente el real perjuicio ocasionado a mi representada, pues no existe claridad respecto al tiempo en que los querellados han ejecutado dichas acciones, por lo que se espera determinar la verdadera cuantía por la celosa investigación que lleve adelante el Ministerio Público”, recalca el escrito.