La semana pasada la ministra de Medio Ambiente anunció el inicio oficial del proceso de evaluación para reconocer al sector de la Laguna Pudeto como un humedal urbano, en el marco de la ley 21202. En principio, una buena noticia porque el objetivo de tal reconocimiento es proteger estos espacios, como una forma de resguardar sus características ecológicas y su funcionamiento, junto con mantener su régimen hidrológico, tanto superficial como subterráneo. Además, la ley considera integrar las dimensiones sociales, económicas y ambientales. Sin embargo, en el mismo acto se menciona que este reconocimiento es parte de un amplio plan urbano habitacional con viviendas sociales, infraestructura pública y un parque; para de esa forma mejorar la calidad de vida de los habitantes de la comuna. Y ahí ya no entiendo bien la propuesta, porque se mezclan objetivos que hasta ahora son incompatibles.
Si se pretende proteger el humedal de Laguna Pudeto no se puede omitir las causas que lo tienen en riesgo. No se puede delimitar el humedal en las condiciones actuales olvidando que ha sido fraccionado por la acción de un organismo del Estado. Es altamente probable que la construcción de las extensiones de las calles Fagnano y pasaje Rancagua hayan obstruido los drenajes subterráneos que alimentaban la Laguna Pudeto, afectando el espejo de agua. Esta grave omisión por parte de la ministra Rojas es inaceptable. En estas circunstancias, haciendo analogía, me imagino a la ministra encontrándose un huemul con las extremidades atrapadas diciendo: “no importa, córtenselas y cómanselas, puede sobrevivir sin ellas”. La ministra olvida que uno de los criterios de la ley 21202 es resguardar las características ecológicas y el funcionamiento de los humedales urbanos, lo cual implica propender a su “mantención y/o restauración, según corresponda, de los componentes abióticos y bióticos del humedal, su composición, estructura y funcionamiento. Lo anterior, considerando acciones para mantener y/o recuperar las características ecológicas del humedal, controlar las amenazas físicas, químicas y biológicas que puedan perturbar las mismas, con énfasis en la preservación de las especies de flora y fauna amenazadas”. Opto por insistir (por si desconoce la ley): un criterio es la conservación, protección y/o restauración de las características ecológicas del humedal (art 3 i). No se puede proteger sin restaurar. ¿Si la ministra no defiende los intereses ambientales quién lo hará?
La creación del parque Laguna Pudeto va condicionada a la construcción de un complejo habitacional de alrededor de 500 casas, las cuales serán emplazadas en los fragmentos del humedal que han quedado desconectados de la Laguna. Nadie está en contra que los vecinos y vecinas accedan a viviendas propias, pero el lugar en que se emplacen no da lo mismo. Resignarse a que terrenos que hasta hace poco eran parte del humedal se dediquen a otros fines, sin hacer un esfuerzo por restaurar las condiciones originales, me parece un despropósito. Especialmente porque la construcción de vivienda implica mecánica de suelos, compactación y pavimentación, destruyendo los flujos subterráneos irreversiblemente. El Estado debe asumir que la calle Fagnano fragmentó el humedal, independiente si fue legal o no, y que antes de proyectar nuevas obras debe restaurar el daño provocado.
El reconocimiento como humedal urbano no impide las acciones culturales asociadas a este territorio. Muy por el contrario, uno de los criterios que se consideran es fortalecer las prácticas y relaciones sociales y culturales que unen a las comunidades con estos ecosistemas. El Humedal Urbano Laguna Pudeto implica recreación y punto de encuentro invernal en el inconsciente ciudadano de los puntarenenses. Cientos de adolescentes y jóvenes, que hoy son adultos, llegaban a patinar y a hacer vida social, trasladándose desde distintos puntos de la ciudad. La laguna marca identidad y con ello afecto, reminiscencias de un pasado mejor. Por ello, es indispensable hacer todos los esfuerzos para mantener las condiciones y características del humedal y el espejo de agua, cumpliendo los criterios mínimos de sustentabilidad para sostener este ecosistema. El Estado debe dar el ejemplo y evaluar en forma preventiva, a través de una Declaración o un Estudio de Impacto Ambiental, todas las intervenciones futuras en el área, junto con impulsar las medidas apropiadas de restauración frente a las acciones perturbadoras ya realizadas. Veremos si habrá voluntad o excusas.