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25 empresas en Magallanes adhieren a ley de jornada laboral de 40 horas semanales

cronica
28/04/2024 a las 14:00
Pinguino Web 2
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En su visita a los estudios de Pingüino Multimedia el seremi de gobierno conversó respecto de la implementación de esta ley que comenzó a regir a contar del viernes 26 de abril, momento desde el cual progresivamente se reduce en una hora la jornada laboral.

El viernes 26 de abril entró en vigencia la normativa que establece la reducción de la jornada laboral semanal iniciando con la merma de una hora, llegando a 44 horas y con el objetivo de llegar de forma progresiva a las ansiadas 40 horas semanales.
De esos y otros temas conversó con el equipo de “Nuestra Mañana” en Pingüino Multimedia el seremi Andro Mimica, quien además relevó el compromiso de 25 empresas y microempresas regionales que de forma inmediata establecieron su jornada de trabajo semanal en 40 horas.
“Esta es la primera etapa, vamos a bajar a 44 horas, esto no es un suspiro ni un momento, es una hora más que se le entrega a los trabajadores para su tiempo personal. Hoy día en la región tenemos más de 20 empresas, exactamente 25 empresas o pymes, que se han sumado al proyecto de 40 horas, que no están pasando por las 44 horas, bajan inmediatamente a las 40 horas” con excelentes resultados según Mimica.
Adicionalmente habló el seremi del aumento del salario mínimo, el cual próximamente estará llegando a los $500.000, lo cual esperan sea un apoyo para que las familias puedan “vivir mejor”.
“Buscamos un estado de bienestar y eso tenemos que hacerlo entre todos. Acá también lo hicimos de una forma gradual no de un día para otro, fue subiendo paulatinamente ya vamos a llegar a los $500.000 mil, pero además con un aporte del Estado, que está entregando subsidios a las pequeñas y medianas empresas que estaban pagando el sueldo mínimo para que esto se pueda traspasar derechamente a los trabajadores y podamos tener un mejor sueldo”, soslayó Mimica.
De igual forma señaló que la Dirección del Trabajo estará realizando las fiscalizaciones correspondientes a verificar el cumplimiento de la reducción de la jornada, ente que según Mimica, se encuentra atendiendo las denuncias de los trabajadores quienes se encuentran “amparados por la ley”.
Para finalizar recordó el funcionario que “anteriormente se trabajaba 48 horas a la semana acá en Chile y cuando se redujo se dijo que el país no iba a tener la misma productividad y se demostró que no era tal”, razón por la cual se manifiesta confiado del aporte que implicarán estos cambios en la normativa legal.

Reducción de la jornada laboral de 45 a 44 horas
Uno de los primeros cambios será el inicio gradual de la reducción de la jornada laboral. Este primer año, la jornada laboral bajará de 45 a 44 horas semanales. Luego, en 2026, las horas semanales bajarán a 42 horas y ya en 2028 la jornada laboral caerá a 40 horas semanales. No obstante, la ley autoriza a que las empresas que quieran reducir la jornada ahora, sin esperar ese plazo, lo puedan hacer.
De acuerdo a lo informado por la Dirección del Trabajo, hay dos fórmulas para reducir la jornada laboral. La primera es de mutuo acuerdo de las partes, donde empleadores y trabajadores deberán pactar la forma en que se irá materializando el ajuste horario. En ese caso pueden ser minutos u hora.
De no haber acuerdo, el empleador deberá reducir al menos una hora la jornada diaria en alguno de los 5 días que forman parte de la jornada semanal en caso que la jornada laboral sea de lunes a viernes. Si es de 6 días, de lunes a sábado, el dictamen sostiene que la reducción deberá ser de 50 minutos en una jornada diaria y la fracción de 10 minutos en otra, en alguno de los 6 días que forman parte de la jornada semanal.

Exclusión de la limitación de jornada
La exclusión de la limitación de jornada que hasta hoy permite no registrar la asistencia, a contar de ahora solo será para aquellos trabajadores y trabajadoras que se encuentren en las causales de exclusión podrán regirse por el artículo 22 inciso 2° del Código. En este punto hay se disminuyen las categorías que pueden estar bajo este artículo.
Hasta antes de la reforma, la ley contemplaba cuatro causales de exclusión de limitación de jornada de trabajo: los trabajadores que presten servicios a distintos empleadores; los gerentes, administradores, apoderados con facultades de administración y todos aquellos que trabajen sin fiscalización superior inmediata; los contratados de acuerdo con el Código Laboral para prestar servicios en su domicilio o en un lugar libremente elegido por ellos; y agentes comisionistas y de seguros, vendedores viajantes, cobradores y demás similares que no ejerzan sus funciones en el local del establecimiento.
Ahora, con la nueva ley, se reducen a dos categorías las causales: quedarán excluidos de la limitación de jornada de trabajo quienes presten servicios como gerentes, administradores, apoderados con facultades de administración y todos aquellos que trabajan sin fiscalización superior inmediata en razón de la naturaleza de las labores desempeñadas.

Banda horarias
Incorpora el derecho, para trabajadores que son madres, padres o cuidadores de niños de hasta 12 años, de adecuar la jornada laboral con bandas horarias. Es decir, podrán anticipar o retrasar hasta en una hora el comienzo de sus labores lo que determinará también el horario de salida al final de la jornada. Por ejemplo, si un trabajador ingresa por contrato a las 9.00 horas y sale a las 17.00 horas, podrá adelantar el ingreso a las 8.00 y a las 16.00; o bien, retrasar la entrada a las 10.00 y salir a las 18.00.

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