Con sólo un voto en contra, el Senado aprobó reinstaurar la multa para quienes no cumplan con el voto obligatorio, revirtiendo lo decidido previamente en la Cámara de Diputadas y Diputados.
La sanción, que fue incorporada mediante una indicación del Gobierno, oscilará entre 0,5 y 1,5 UTM, aproximadamente $34.000 a $103.000, y lo recaudado se destinará a beneficio municipal.
Con ello, se busca reforzar el carácter vinculante del sufragio, luego de que la eliminación de las sanciones pusiera en duda la eficacia de la norma.
El Senado aprobó la medida por amplia mayoría y despachó el proyecto al tercer trámite legislativo, donde la Cámara deberá pronunciarse sobre el texto modificado.
El esquema considera causales de justificación que eximirán de la multa, como enfermedad, ausencia del país, encontrarse a más de 200 kilómetros del local de votación o situaciones de discapacidad.
Además, se explicitó que la sanción no se aplicará a los votantes extranjeros.
La medida busca establecer un marco claro y equilibrado: un sufragio obligatorio con consecuencias definidas frente al incumplimiento, pero también con excepciones razonables.
De ser aprobado en tercer trámite, el sistema operará como un verdadero contrato social entre ciudadanos y Estado, garantizando que la obligatoriedad del voto no sea solo declarativa, sino efectiva.