La Contraloría Regional de Aysén determinó que la Municipalidad de Torres del Paine no se ajustó a la normativa vigente en la contratación directa de servicios jurídicos externos, tras revisar una denuncia por presuntas irregularidades en la aplicación del mecanismo de trato directo.
El órgano contralor analizó una presentación de identidad reservada y una reclamación de la concejala Silvana Silva Paillamán, quien objetó la legalidad del decreto alcaldicio Nº 858 de 2024, que aprobó la contratación directa de la empresa Servicios Jurídicos Carlos Contreras Quintana y Compañía Ltda. para prestar asesoría jurídica especializada al municipio. Según lo planteado, dichas funciones deberían ser realizadas por personal propio, conforme al artículo 28 de la Ley Nº 18.695.
Al requerir antecedentes al municipio, éste argumentó que las labores contratadas no corresponden a las funciones permanentes definidas por la ley, y que la asesoría externa se justifica por la experiencia del proveedor en materias especializadas. Sin embargo, tras revisar los términos de referencia, el decreto alcaldicio y el contrato suscrito, la Contraloría concluyó que las funciones encargadas replican las labores establecidas en los incisos primero y segundo del artículo 28, es decir, funciones propias de la unidad de asesoría jurídica municipal.
El órgano fiscalizador también determinó que el municipio no acreditó la excepcionalidad ni la imposibilidad de asumir las tareas con personal propio, elementos exigidos para justificar un trato directo en materia de servicios especializados conforme al decreto Nº 250 de 2004. Asimismo, no se constató la verificación de idoneidad del proveedor ni la exposición de razones específicas que justificaran recurrir a contratación directa en lugar de procedimientos concursables.
La resolución enfatiza que, de acuerdo con la jurisprudencia administrativa, las entidades municipales deben priorizar el desempeño de funciones públicas por parte de su personal de planta, luego por contrata, y sólo de manera excepcional por honorarios o prestadores externos, en concordancia con la Ley N.º 18.883.
Dado lo anterior, la Contraloría acogió las denuncias y determinó que la Municipalidad de Torres del Paine no se ajustó a la normativa y jurisprudencia administrativa aplicable en materia de contratación de servicios jurídicos especializados mediante trato directo. Por ello, instruyó al municipio a adoptar medidas para adecuar su proceder, debiendo informar fundadamente a la Contraloría Regional de Aysén dentro de un plazo de 20 días hábiles desde la recepción del oficio.