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Corte de Punta Arenas absuelve a exejecutivos de Nova Austral por contaminación de aguas

tribunales
07/01/2026 a las 17:04
Periodista Web 1
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En un fallo unánime, el tribunal de alzada determinó que no se acreditó el "daño efectivo" a los recursos hidrobiológicos, requisito esencial para configurar el delito. Aunque se reconoció la sobreproducción de salmones y el aumento de desechos, la justicia dictaminó que estos hechos no bastan para una condena penal bajo la Ley de Pesca si no se prueba el daño real al medio ambiente.

La Corte de Apelaciones de Punta Arenas dictó este miércoles 7 de enero una resolución que cambia el curso del mediático caso contra la salmonera Nova Austral. El tribunal acogió el recurso de nulidad presentado por las defensas de Nicos Nicolaides Bussenius y Drago Covacich McKay, quienes habían sido condenados en primera instancia como autores de contaminación de aguas en Porvenir entre 2017 y 2019.

El fallo de la Primera Sala —integrada por los ministros Marcos Kusanovic, Roxana Salgado y el fiscal judicial Pablo Miño— estableció que el Tribunal Oral en lo Penal de Punta Arenas incurrió en una errónea aplicación del derecho al condenarlos por un delito que no se configuró legalmente en su totalidad.


El nudo ciego: La falta de prueba del "daño real"

La sentencia de reemplazo reconoce que los exejecutivos sembraron más salmones de los permitidos para maximizar ganancias, lo que generó un exceso de fecas y alimento no consumido. Sin embargo, la Corte fue tajante en señalar que la Ley General de Pesca y Acuicultura (Art. 136) exige algo más que la simple introducción de agentes contaminantes.

  • Tipicidad incompleta: Para que exista el delito, la ley exige que se acredite un daño a los recursos hidrobiológicos.

  • Omisión de prueba: Según la Corte, el tribunal original se limitó a relatar la "sobre siembra", pero no describió ni probó qué daño concreto sufrió el medio ambiente producto de aquello.

  • Fallo unánime: Al faltar este elemento esencial (el daño efectivo), los hechos no pueden ser calificados como el delito de contaminación de aguas.


Absolución y condenas vigentes

La resolución tiene efectos inmediatos para los involucrados:

  1. Absolución Total: Nicolaides y Covacich quedan libres de los cargos por contaminación de aguas.

  2. Efecto extensivo: La absolución también beneficia a los coimputados Isaac Ollivet-Besson y Rigoberto Garrido, quienes figuraban como encubridores del mismo delito.

  3. Condenas por otros delitos: La Corte aclaró que este fallo no afecta la validez de otras condenas que pesan sobre Drago Covacich por delitos distintos (como el perjurio o falsificación ideológica previsto en el Art. 212 del Código Penal), los cuales se mantienen firmes al basarse en hechos autónomos.


    Mira la nota completa acá:


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