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Devolución histórica de excedentes Isapre: pagos comenzarán a fines de enero de 2026

nacional
07/01/2026 a las 12:33
Periodista Web 1
988

La Superintendencia de Salud confirmó que a fines de enero comenzará el proceso masivo de restitución de dineros. El pago de este año es histórico, pues por primera vez suma los excedentes tradicionales anuales con la devolución de cobros en exceso mandatada por la Corte Suprema tras el fallo de la Tabla Única de Factores.

La Superintendencia de Salud confirmó que a fines de enero de 2026 se iniciará el proceso masivo de restitución de dineros por parte de las Isapres, en lo que será un pago histórico para los afiliados al sistema privado de salud.

Por primera vez, la devolución sumará dos conceptos distintos: los excedentes tradicionales anuales y la restitución de cobros en exceso ordenada por la Corte Suprema tras el fallo de la Tabla Única de Factores (TUF), en el marco de la Ley N°21.674, conocida como Ley Corta de Isapres.

Este miércoles, la Superintendencia de Salud (SIS) entregó los lineamientos del proceso, que representa una inyección de liquidez relevante para miles de familias, en un escenario marcado por los cambios estructurales que ha vivido el sistema desde 2024.

¿Cuándo pagan las Isapres?

Según el calendario informado, los pagos se realizarán entre el 22 y el 30 de enero de 2026, dependiendo de cada aseguradora:

  • Isalud:

    • Excedentes proceso normal: 22 de enero

    • Excedentes por Ley 21.674: 23 de enero

  • Vida Tres, Banmédica y Esencial: 28 de enero

  • Consalud:

    • Proceso normal: 28 de enero

    • Ley 21.674: 29 de enero

  • Nueva Masvida: 29 de enero

  • Colmena, Fundación y Cruz Blanca: 30 de enero

Desde la Superintendencia reiteraron que los pagos se concentrarán masivamente durante la última semana de enero.

¿Por qué me devuelven dinero? Los dos tipos de pagos

Este año, el proceso es considerado “doble” debido a la contingencia judicial y legislativa que afectó a las Isapres:

1. Excedentes Anuales (tradicionales)
Se generan cuando el 7% de cotización legal supera el valor del plan de salud contratado. Esa diferencia pertenece al afiliado y debe ser devuelta si no fue utilizada en copagos, prestaciones o farmacias.

2. Devolución por Tabla Única de Factores (TUF)
Corresponde a la restitución de cobros en exceso aplicados históricamente por las Isapres. Tras el fallo de la Corte Suprema, estos montos se devuelven bajo un cronograma definido en la Ley Corta.

El fin de los planes “baratos”: efectos de la Ley Corta

La Ley 21.674, vigente desde mayo de 2024, modificó profundamente el sistema para evitar la acumulación indefinida de excedentes:

  • Piso del 7%: ya no se pueden contratar planes que cuesten menos que la cotización legal.

  • Ajuste de planes: las Isapres deben ofrecer mejores beneficios o planes superiores a quienes generen altos excedentes, sin discriminar por preexistencias.

  • Límite del 5%: si el afiliado rechaza el ajuste, cualquier diferencia superior al 5% del 7% deja de generar excedentes.

“El objetivo no fue eliminar los excedentes, sino poner límites razonables. Estos pueden seguir generándose en situaciones como bonos, alzas de sueldo o cambios en las cargas”, explicó el superintendente de Salud, Víctor Torres.

¿Cómo se realizará el pago?

El proceso será automático, siempre que los datos del afiliado estén actualizados:

  • Transferencia bancaria: método prioritario, a cuentas corrientes, vistas o Cuenta Rut registradas.

  • Vale vista: si no existen datos bancarios, se emitirá un documento que deberá cobrarse presencialmente.

  • Plazo: pagos concentrados en la última semana de enero de 2026.

Desde la Superintendencia llamaron a los afiliados a verificar y actualizar sus datos bancarios directamente con su Isapre para evitar retrasos en la devolución.

Mira la nota completa acá:


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