La muerte de la pequeña Isidora el pasado domingo ya no es tratada por la justicia como un simple accidente doméstico o un "cuasidelito" de negligencia. Para la Corte de Apelaciones, existen antecedentes suficientes para acreditar que Jorge Constanzo actuó con dolo eventual, es decir, que se representó la posibilidad de que su hija muriera y aceptó dicho resultado al no tomar los resguardos básicos.
Negligencia inexcusable y alcohol
La jefa de Asesoría Jurídica de la Fiscalía Oriente, Pamela Valdés, destacó que la condición de arquitecto del imputado le permitía comprender perfectamente el peligro de vivir en un piso 11. Sin embargo, los hechos acreditados por Carabineros muestran un escenario de abandono:
Ventana abierta: Al ingresar al departamento, la policía encontró la ventana abierta. Dada la edad de la niña (2 años y 6 meses), se descartó que ella pudiera haberla manipulado.
Ebriedad: Tanto el imputado como su pareja habrían consumido alcohol desde la madrugada hasta el horario de almuerzo.
Sueño profundo: La menor cayó y permaneció 40 minutos en el pavimento antes de que alguien pudiera despertar al padre. Vecinos golpearon la puerta insistentemente sin obtener respuesta; solo la intervención de un sargento de Carabineros logró despertarlos.
El engaño sobre las mallas de seguridad
Uno de los puntos más graves expuestos por la Fiscalía fue la falsa sensación de seguridad entregada a la madre de la niña. Según la investigación, Constanzo le habría mentido a la mujer asegurándole que ya había instalado las mallas de protección en el departamento, una medida de seguridad que nunca existió.
Penas y diligencias pendientes
Al calificarse el delito como homicidio por omisión, el imputado enfrenta una pena de presidio mayor en su grado medio a máximo, lo que podría traducirse en hasta 20 años de prisión.
Durante las próximas semanas, la investigación se centrará en los resultados definitivos de las alcoholemias, pruebas toxicológicas y el peritaje de huellas en la ventana. Por ahora, el tribunal determinó que el lugar de cumplimiento de la prisión preventiva será definido por Gendarmería, mientras la defensa apuesta por su "irreprochable conducta anterior" para mitigar una futura sentencia.