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Siete citaciones al Juzgado de Policía Local por evadir pago en transporte público

tribunales
27/06/2026 a las 11:15
Periodista Web 1
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La medida se enmarca en la ofensiva de la empresa TransAlerce para frenar el no pago de pasajes en los tótem digitales de validación. Apoyados en el Artículo 88° quáter de la Ley de Tránsito, la firma operadora respaldó el derecho de los conductores a desembarcar a los infractores y reiteró que mantener los índices de evasión más bajos del país es una responsabilidad compartida con el Ministerio de Transportes.

Un drástico y ejemplificador paso en la persecución de las conductas incívicas a bordo del transporte público mayor, que traslada las fiscalizaciones desde las calles directo a los tribunales de la comuna, se consolidó en la capital regional. Un total de siete personas fueron formalmente citadas a comparecer ante el Juzgado de Policía Local de Punta Arenas tras ser sorprendidas evadiendo el pago de su tarifa en las micros.

Los infractores fueron fiscalizados in fraganti por los equipos inspectores al momento de abordar las máquinas, detectándose que no hicieron uso de sus tarjetas ni validaron el pasaje en los tótem digitales del sistema regulado. La medida judicial busca desincentivar de raíz estas prácticas aisladas para evitar que el no pago se normalice en las distintas líneas de la comuna.

El cobro como obligación y el blindaje a los conductores

Para la empresa operadora del servicio, TransAlerce, el pago del pasaje por parte de cada usuario representa una responsabilidad civil y económica esencial para garantizar el correcto funcionamiento, la mantención de los buses y la sostenibilidad del sistema en la Patagonia.

En ese sentido, la compañía emitió un voto de respaldo irrestricto hacia su planta de choferes, blindando su autoridad en las rutas:

“Solicitar el pago correspondiente a cada pasajero que sube a la máquina no constituye bajo ninguna circunstancia una actuación indebida, arbitraria o un abuso, sino el cumplimiento de una obligación laboral. Nuestros conductores no están solos frente a estas situaciones complejas en el mesón”, remarcó la operadora.

El Artículo 88° quáter: Facultad para expulsar a infractores

La rigurosidad de los controles aplicados en Punta Arenas encuentra un sólido respaldo en el marco jurídico nacional. La empresa recordó que el Artículo 88° quáter de la Ley de Tránsito faculta de forma explícita a los prestadores y al personal del transporte público mayor a constatar que se efectúe correctamente el pago de la tarifa establecida.

El peso de la ley autoriza dos acciones inmediatas en la calzada:

  1. Exigir la exhibición del boleto, pase escolar o instrumento tecnológico de validación correspondiente.

  2. Disponer el abandono inmediato del vehículo por parte del infractor en caso de negativa, desacato o no pago de la tarifa.

Frente al escenario actual, TransAlerce consideró fundamental que el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT) fortalezca y multiplique las salidas de sus cuadrillas de fiscalizadores a los paraderos de alta afluencia para prevenir y desincentivar estas conductas. La firma concluyó enfatizando que mantener a Punta Arenas con uno de los índices de evasión más bajos y ejemplares de todo Chile es una responsabilidad compartida entre el Estado, la empresa y el comportamiento cívico de los propios ciudadanos.


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