
La Resolución Exenta N° 3483, emitida por la Subsecretaría de Pesca y firmada por el Subsecretario Pablo Galilea, menciona que "respecto del recurso huepo, las actividades extractivas podrán desarrollarse desde la fecha de la presente resolución y hasta el día 30 de noviembre de 2010, eximiéndose de la veda biológica establecida mediante Decreto Exento n° 653 de 2003, citado en Visto. Asimismo, en el caso del recurso erizo, las actividades extractivas podrán desarrollarse entre los días 20 de noviembre y 20 de diciembre de 2010, ambas fechas inclusive, exceptuando durante dicho periodo de la veda biológica establecida para dicha especie mediante Decreto Exento N°275, de 1999, citado en Visto".
Un tercer recurso que estaba en juego en esta petición de ampliación, era la centolla. El viernes 13 de este mes la Subsecretaría de Pesca, mediante una carta firmada por el subsecretario de Pesca Pablo Galilea, menciona que "no autorizará la extracción de centolla durante el periodo de veda establecido en la Región de Magallanes". Esta respuesta se argumenta porque los antecedentes técnicos señalan que esta es una pesquería que muestra indicadores biológicos y pesqueros preocupantes, y además porque en el comienzo de la veda biológica (a partir de los últimos días de noviembre y hasta enero) la centolla está pasando por su principal evento de reproducción: la cópula.