No serán unas semanas fáciles para la Municipalidad de Punta Arenas, las que se aproximan terminado el período estival, puesto que los casos judiciales que se están llevando adelante, vuelven a tomar su curso y debería haber novedades al respecto. Se podría tener novedades respecto a la demanda que presentará la Sociedad Mancilla y Asencio Limitada, pues su recurso de reclamación llevada al Tribunal de la Contratación Pública (TCP), por no haber sido adjudicado en el primer llamado a licitación, fue acogido por todas las instancias y, por consiguiente, la compañía tiene todas las posibilidades de exigir las reparaciones económicas correspondientes por haber sido perjudicados.
El abogado de la empresa, Ricardo Leal, manifestó que es factible que se exijan por lo menos cuatro mil millones de pesos como indemnización.
Pero lo anterior no es nada en comparación al pronunciamiento que está ad portas de ser público; el de la Corte de Apelaciones respecto a otro recurso de reclamación en contra del municipio, que esta vez presentó la empresa Recotrans, debido al proceso que se efectuó en el segundo llamado a licitación para el retiro de la basura domiciliaria. Este recurso también fue acogido por el TCP, declarando que el otorgamiento del contrato a Servitrans, fue ilegal, por lo que llamó a retrotraer todo el concurso, lo que si se mantiene a firme en esta última instancia, que sólo resta que se pronuncie, podría significar otra demanda millonaria en contra de la casa comunal, porque se debería eliminar el contrato a la actual compañía adjudicada, a pesar de la gran inversión que debió efectuar para prestar el servicio.
Durante la votación de este contrato, el alcalde Vladimiro Mimica Cárcamo fue quien propuso a Servitrans para ser adjudicado, argumentando que ofrecía un variado espectro de servicios extras, pero que no estaban consignados en las bases. Sin embargo, el precio que cobraba la firma era acorde con esos “agregados”, ya que pedía cerca de $ 30 millones mensuales más que el resto.
Tomando en cuenta estos antecedentes el TCP señaló que “un análisis integral de las normas legales y reglamentarias citadas, permite concluir que, la propuesta del alcalde al Concejo Municipal para adjudicar la propuesta a una empresa que había ofrecido servicios no contemplados en las bases de la licitación, y que este órgano colegiado aceptó por mayoría, constituye una grave transgresión de los principios de sujeción estricta a las bases y de igualdad de los oferentes”.
Añadiendo que el comportamiento de la instancia comunal ha “significado privilegiar a dicho participante en desmedro de los demás licitantes, toda vez que ellas se ciñeron a las exigencias requeridas en el pliego de condiciones de las bases y no ofrecieron bienes o servicios distintos de aquellos que abarcaba el procedimiento administrativo en cuestión”. Asimismo, se manifestó que “resulta evidente que el acto que se reprocha a la autoridad recurrida merece el calificativo de ilegal, ya que la Municipalidad de Punta Arenas aceptó la oferta de la empresa Servitrans en circunstancias que dicho oferente, objetivamente, no cumplió con los requisitos contemplados en las bases de licitación, al ofertar más allá de lo establecido en las mismas, motivo por el cual no debió ser sometida a evaluación ni menos habérsele adjudicado la propuesta”.
A pesar de este tajante pronunciamiento, el municipio apeló al fallo y ahora se está a la espera de que la Corte de Apelaciones, de vuelta del tradicional receso de febrero, se pronuncie, pues los alegatos ya se efectuaron.
El contrato adjudicado tiene una vigencia de seis años, por lo que la municipalidad podría no alcanzar a cumplir el primer año como mandante y perfectamente Servitrans podría exigir que se le cancele todo el período que se había señalado en las bases, que por un mes, llega a $91.630.000.