
En respuesta a estos argumentos, el Ministerio Público, en voz del fiscal Eugenio Campos, argumentó que no se presentaron por parte de la defensa argumentos que modifiquen sustancialmente los hechos que hicieron constitutiva la medida preventiva, y que por lo tanto no se justifica el levantamiento de ésta.
En la contra argumentación de la defensoría se esgrimió el principio del derecho que señala que ninguna persona puede ser condenada por su propia confesión, y que en los cuatro meses que han transcurrido el Ministerio Público no ha podido presentar antecedentes científicos que fortalezcan la acusación en contra de Mansilla.
Finalmente, Campos esgrimió el hecho que en la confesión que Mansilla entregó se señalan antecedentes que soló una persona que protagonizó el sangriento hecho podría conocer, como heridas específicas en la zona de la espalda de la víctima. Finalmente el fiscal agregó que existen antecedentes que están siendo analizados en Santiago, los que darían total certeza de la directa participación de Mansilla en el homicidio.
El juez evaluó en la audiencia los argumentos de ambas partes y mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva para el autor confeso del asesinato de la ciudadana dominicana, debiendo volver Mansilla al centro de reclusión de Punta Arenas.