En tanto, aquellos trabajadores exceptuados del descanso dominical y de días festivos, entre los que se encuentran aquellos sujetos a sistemas excepcionales de jornada, el 1 de mayo constituirá un día normal de trabajo, sin perjuicio del descanso compensatorio, de la indemnización o distribución especial que puedan acordar las partes de común acuerdo.
Trabajadores del comercio
Por su parte, el director regional del Trabajo, Giovanni Torteroglio, resaltó que el 1 de mayo tiene carácter de feriado obligatorio e irrenunciable para todos los trabajadores empleados en el sector comercio, los cuales no pueden prestar servicios en dicha fecha.
Se exceptúa de esta norma a los trabajadores que laboran en clubes, restaurantes y establecimientos de entretenimiento, tales como pubs, discotecas, cabarets y casinos de juego legalmente autorizados, situación que se hace extensiva a los dependientes de expendios de combustibles, farmacias de urgencia y las que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria, según explicó Torteroglio.
A objeto de que las disposiciones vigentes se cumplan, la seremi y el director regional del Trabajo realizarán fiscalizaciones durante ese día, previo a lo cual se difundirá y orientará, en diversos sectores de alta afluencia de público (por ejemplo ZonAustral y Mall Espacio Urbano Pionero) respecto a la obligatoriedad del feriado y sus excepciones debidamente reguladas.